Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Miércoles, 31 de mayo de 2017 Pág. 26353

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (DSP 887/2016).

Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de refuerzo de A Coruña, hace saber que en el procedimiento despido/ceses en general 887/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Brais Oliveira Sanjurjo contra ATUNICE, S.A. y Fogasa sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: despido 887/2016

Auto.

A Coruña, 24 de abril de 2017

Único. En los presentes autos se dictó sentencia el 16.3.2017. El demandante ha solicitado la rectificación de dicha sentencia en los términos recogidos en el escrito presentado en fecha de 12.4.2017.

Fundamentos de derecho.

Único. Es evidente el error aritmético apreciado por la parte demandante en el cálculo indemnizatorio de los salarios de trámite, según la propia operación matemática señalada y teniendo en cuenta el salario día y los días transcurridos entre el 16.8.2016 y la fecha de sentencia (213 días).

Mediante la subsanación de dicho error, los salarios de trámite que han de ser abonados por la empresa al trabajador ascienden a la suma de 9.374,13 euros –44,01 euros × 213 días–.

Parte dispositiva.

– Ha lugar la corrección del error aritmético observado en la sentencia dictada en el presente procedimiento, de manera que:

a). En el fundamento de derecho nº II, in fine, donde dice: «39.917,07 euros», debe decir: «9.374,13».

b).En el fallo, en el número 3º, donde dice: «la cantidad de 39.917,07 euros», debe decir: «la cantidad de 9.374,13 euros».

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo pronuncia, mando y firmo, Javier López Cotelo, juez del Juzgado de refuerzo de A Coruña.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ATUNICE, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 24 de abril de 2017

La letrada de la Administración de justicia