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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Miércoles, 21 de junio de 2017 Pág. 30517

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 30 de mayo de 2017 por la que se autoriza la transmisión inter vivos del permiso de actividad y concesión de un establecimiento de cultivos marinos.

Visto el expediente de cambio de titularidad de la granja marina que Aquacria Arousa, S.L. tiene en el lugar de Bico da Ran, Castrelo, Cambados (Pontevedra), resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Mediante escrito de fecha 28 de noviembre de 2016, Salvador Ortiz de Montellano (X7724146X) en nombre y representación de Aquacria Arousa, S.L. (B36296945), solicitó autorización para transmisión de la granja marina situada en el lugar de Bico da Ran, Castrelo, Cambados (Pontevedra).

Segundo. El interesado aportó la documentación requerida para la tramitación.

Tercero. En el expediente obra la siguiente documentación, referida al resultado de la información oficial.

Informe de 2 de junio de 2008, de la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente, sobre concesión de una superficie aproximada de unos 1.105 metros cuadrados de bienes de dominio público marítimo terrestre.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de Coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar y con la disposición adicional novena del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, que dispone que las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y de dirección afectados por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas. Asimismo, el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar, dispone la creación de las jefaturas territoriales.

Segunda. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 274/2003, de 4 de junio, por el que se regula el procedimiento de obtención del permiso y concesión de actividad para los establecimientos de acuicultura y auxiliares de acuicultura en la zona terrestre (DOG nº 110, de 9 de junio).

Vistas las disposiciones citadas, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Sea 8 Porto, S.L. (B98389141), del permiso de actividad y concesión administrativa del establecimiento que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: granja marina.

Nombre: Aquacria Arousa, S.L.

Localización: Bico da Ran, Castrelo, Cambados (Pontevedra).

Fecha de otorgamiento del permiso de actividad: 16.4.1998 (DOG nº 93, de 18 de mayo).

Vigencia: 18.5.2018.

Superficie de dominio privado: 13.023 m2.

Superficie de dominio público marítimo terrestre: 1.105 m2.

Actual titular: Aquacria Arousa, S.L. (B36296945).

Nueva titular: Sea 8 Porto, S.L. (B98389141).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. La actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la Consellería.

Tercera. El nuevo titular del permiso de actividad y de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones del anterior desde el momento de formalización de la compra venta en escritura pública.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre) y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 30 de mayo de 2017

La conselleira del Mar
Por delegación de firma (Resolución de 12.4.2012)
(D.A. novena del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo