Advertidos errores en la citada resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia número 115, de 19 de junio de 2017, es necesario efectuar las siguientes modificaciones:
En la página 29712 donde dice: «DISPONGO:», debe decir: «ACUERDO:».
En el artículo 2.b), en la página 29713 donde dice:
«b) El personal laboral docente dependiente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria que se encuentre en situación de servicio activo o de excedencia por cuidado de familiares».
Debe decir:
«b) El personal laboral docente dependiente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria que se encuentre en situación de servicio activo o de excedencia por cuidado de familiares o de excedencia por violencia de género en el plazo de solicitud establecido en el artículo 5».
En el artículo 3.1, en la página 29713 donde dice:
«1. Tener un hijo o hija menor de cuatro años, o tener y convivir con un hijo o hija menor de seis años cuando se trate de un núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal»,
Debe decir:
«1. Tipo I) Tener un hijo o hija menor de cuatro años, o tener y convivir con un hijo o hija menor de seis años cuando se trate de un núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal».
En la página 29718 donde dice: «Disposición derogatoria», debe decir: «Disposición derogatoria única».