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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Viernes, 21 de julio de 2017 Pág. 35152

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2017 por la que se amplía el crédito y el plazo de justificación de las subvenciones convocadas en régimen de concurrencia competitiva al amparo de la Resolución de 6 de abril de 2017 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de adquisición de maquinaria y equipamiento en actividades no agrícolas, cofinanciadas con el Feader en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.

El 21 de abril de 2017 se publicó en el DOG núm. 77, la Resolución de 6 de abril de 2017 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de adquisición de maquinaria y equipamiento en actividades no agrícolas, cofinanciadas con Feader en el marco do Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.

Para la financiación de esta convocatoria estaba previsto un crédito de 2.000.000 €, con cargo a la aplicación 2017-13-A1-712A-770.0 de los presupuestos de Agader para el año 2017 (código de proyecto 2016-00004). Este crédito está cofinanciado en un 75 % por el Feader (en el marco de la medida 6, submedida 4 «Inversiones en actividades no agrícolas», del PDR de Galicia 2014-2020), en un 7,5 % por la Administración general del Estado (a través del Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente –MAPAMA-) y en un 17,5 % por la Comunidad Autónoma de Galicia.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución de 6 de abril de 2017 antes citada, la cuantía indicada se podrá incrementar en función de las solicitudes presentadas, siempre que tenga lugar una generación, ampliación o incorporación de crédito o existan remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa, segundo prevé el artículo 31 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 30 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de dicha ley, y se deberá publicar en el DOG el aludido incremento de la cuantía.

Así pues, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, estando el procedimiento en fase de instrucción, y disponiendo en la partida presupuestaria que financia esta convocatoria de un crédito incorporado por importe de 985.000 €, se considera necesario ampliar el crédito inicialmente previsto, con la finalidad de financiar el mayor número de proyectos que respondan a los objetivos de la propia medida 6.4 del PDR de Galicia, siempre y cuando cumplan los requerimientos expresados en las propias bases reguladoras.

Por otra parte, el artículo 5 de la citada Resolución de 6 de abril de 2017 establece como plazo límite para justificar las inversiones el 15 de septiembre de 2017. El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, contempla que el órgano concedente pueda otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo de presentación de la justificación que no exceda de la mitad de éste, y siempre que con eso no se perjudiquen derechos de terceros.

Así pues, teniendo en cuenta el volumen de solicitudes presentadas, la complejidad del proceso de tramitación y evaluación, y considerando que se cumplen las premisas que establece el artículo 45.3 antes citado, se considera necesario ampliar dicho plazo de ejecución y justificación de las actuaciones subvencionadas, con el fin de hacer viable el proceso de ejecución de las inversiones subvencionadas.

Teniendo en cuenta lo anterior, el director general de Agader, en el ejercicio de las competencias delegadas por el Acuerdo del Consejo de Dirección de Agader de 11 de julio de 2013 (Resolución de 24 de julio de 2013, DOG núm. 148, de 5 de agosto).

RESUELVO:

Artículo 1

Se amplía la dotación presupuestaria que se establece en la Resolución de 6 de abril de 2017 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de adquisición de maquinaria y equipamiento en actividades no agrícolas, cofinanciadas con Feader en el marco do Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2017, en los siguientes importes:

Concepto presupuestario

Código de proyecto

Tasa de cofinanciación

2017-13-A1-712A-770.0

(2016-00004)

Feader

75 %

738.750 €

MAPAMA

7,5 %

73.875 €

Xunta de Galicia

17,5 %

172.375 €

Importe de la ampliación

985.000 €

Conforme a lo expuesto, la dotación presupuestaria total para la financiación de la convocatoria es la siguiente:

Concepto presupuestario

Código de proyecto

Tasa de cofinanciación

2017-13-A1-712A-770.0

(2016-00004)

Feader

75 %

2.238.750 €

MAPAMA

7,5 %

223.875 €

Xunta de Galicia

17,5 %

522.375 €

Total crédito de la convocatoria

2.985.000 €

Esta ampliación de crédito no afecta al plazo establecido en el artículo 3 de la Resolución de 6 de abril de 2017 para presentar las solicitudes de ayuda, ni supone el inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.

Artículo 2

Se modifica el artículo 5 de la Resolución de 6 de abril de 2017, que queda redactado como sigue:

«El plazo límite para ejecutar y justificar las inversiones vinculadas a los proyectos subvencionados será el 2 de octubre de 2017. Excepcionalmente, se podrá ampliar el referido plazo hasta el 30 de octubre de 2017, previa solicitud debidamente justificada de la persona o entidad beneficiaria, en el caso de maquinaria adquirida a empresas proveedoras localizadas fuera del territorio nacional.

Para los proyectos que conforman la lista de espera, y activados en los supuestos previstos en el artículo 17 de las bases reguladoras, el plazo límite para ejecutar y justificar las inversiones vinculadas a los proyectos subvencionados será el 30 de octubre de 2017».

Disposición adicional

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Dirección de Agader, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, al amparo del artículo 10.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la citada publicación en el DOG.

Disposición final

Esta resolución será aplicable desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de julio de 2017

Miguel Ángel Pérez Dubois
Director general de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural