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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Miércoles, 26 de julio de 2017 Pág. 35584

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 6 de julio de 2017 por la que se notifica la imposición de una primera multa coercitiva, devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su notificación (expediente OUR/31/2015-A1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 29 de marzo de 2017, resolución por la que se impone una primera multa coercitiva, como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 18 de noviembre de 2016, en la que se declaran ilegalizables las obras consistentes en la construcción de una edificación para uso residencial, situadas en el lugar de Vide, en el término municipal de Baños de Molgas, provincia de Ourense, por ser incompatibles con el ordenamiento jurídico vigente y se ordena su demolición.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a José Ramón Movilla Rivas e a Cristalina Martínez Ferreño mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo, 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas se notifica a los interesados dicha resolución, por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse la comparecencia la notificación se entenderá producida, al día siguiente de su publicación.

Contra esta resolución, los interesados pueden interponer recurso de reposición ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la notificación, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y le sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2017

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística