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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 171 Viernes, 8 de septiembre de 2017 Pág. 41983

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (889/2016).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 889/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rubén Taboada Seoane contra Piper Pacc Feito en Galicia, S.L., y Fogasa sobre reclamación de cantidad procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Rubén Taboada Seoane, contra la entidad Piper Pacc Feito en Galicia, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Piper Pacc Feito en Galicia, S.L., a que abone al demandante la cantidad de 719,03 € líquidos, por salarios de julio y agosto de 2016 y la compensación económica por las vacaciones no disfrutadas, incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncia, manda y firma la magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 5, Pilar Carreira Vidal.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Piper Pacc Feito en Galicia, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 1 de septiembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia