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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 174 Miércoles, 13 de septiembre de 2017 Pág. 42269

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se publican los requerimientos de subsanación de documentación de las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución de 16 de junio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en el año 2017 (SI435B, SI435A, SI427B).

La Secretaría General de la Igualdad convocó para el año 2017, a través de la Resolución de 16 de junio de 2017 (DOG número 119, de 23 de junio), subvenciones destinadas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad a través de los siguientes programas:

a) Programa de fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar (SI435B).

b) Programa de prevención y tratamiento integral de la violencia de género (SI435A).

c) Programa de apoyo a los centros de información a las mujeres (SI427B).

Las partidas presupuestarias con cargo a las que se financian estas subvenciones tienen una cofinanciación del 80 % de fondos FSE, en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020.

El artículo 10 de la Resolución de 16 de junio de 2017, que establece el plazo y la forma de presentación de las solicitudes, indica que la presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Asimismo, en el artículo 11 se determina la documentación que se adjuntará al anexo de la solicitud.

Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha resolución de convocatoria por la unidad administrativa encargada de la tramitación y la instrucción de los procedimientos, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores o bien por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.

El artículo 13 de la citada resolución establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que si la solicitud no está debidamente cumplimentada o no se presenta la documentación exigida, se requerirá a las entidades solicitantes para que, en un plazo de diez (10) días hábiles, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos. En este requerimiento se hará indicación expresa de que, si así no lo hiciesen, se tendrán por desistidas de su petición, previa la correspondiente resolución.

Asimismo, el párrafo segundo del artículo 13.1 de la Resolución de 16 de junio de 2017 establece que por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la indicada Ley 39/2015, de 1 de octubre, los requerimientos de subsanación se podrán hacer mediante publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los mismos efectos que la notificación individualizada. Asimismo, los requerimientos también se publicarán en la página web de la Secretaría General de la Igualdad.

Por lo expuesto,

DISPONGO:

1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la relación de solicitudes que no están debidamente cumplimentadas y/o no aportan la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras. Esta relación figura como anexo de esta resolución (anexo: requerimientos de subsanación de documentación, SI435B, SI435A, SI427B).

2. Hacer indicación expresa a todas las entidades solicitantes que figuran en el anexo de esta resolución, que son requeridas para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución no DOG, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos conforme se establece en esta resolución, con la advertencia de que, de no hacerlo, se les tendrá por desistidas de su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, después de que se dicte la oportuna resolución al amparo del artículo 21 de dicha ley.

3. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de enmienda de documentación de las solicitudes, podrán dirigirse a la Secretaría General de la Igualdad a través de la cuenta de correo promocion.igualdade@xunta.gal o de los teléfonos indicados en el artículo 26 de la resolución de convocatoria (conciliación: 981 54 53 12; promoción y prevención: 981 54 73 97; CIM: 981 54 53 69) o presencialmente.

Santiago de Compostela, 25 de agosto de 2017

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad

ANEXO
Requerimientos de subsanación de documentación (SI435B, SI435A, SI427B)

a) Programa de fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar (SI435B 2017).

Nº expediente SI435B

Solicitante

NIF

Documentación requerida

2017/10

Ayuntamiento de Melide

P1504700D

1. Anexo I. Indicar el nombre de la medida.

2. Anexo III. Aclarar el número de participantes y de progenitores.

Punto 2. Nombre de la persona responsable del ayuntamiento de la medida solicitada. Punto 5. Ampliar información del monitorado imputado: el perfil, funciones, denominación del puesto, fechas de inicio y fin de la contratación y número de horas dedicadas al programa.

2017/15

Ayuntamiento de Piñor

P3206200B

1. Anexo III. Punto 2. Indicar la persona del ayuntamiento responsable del programa. Punto 5. Concretar el perfil, periodo de inicio y de fin del personal contratado.

2017/27

Ayuntamiento de Cercedo-Cotobade

P3600048G

1. Anexo I. Aclarar la cuantía solicitada (no puede ser superior al total de costes directos de personal). Indicar el nombre de la medida objeto de la ayuda.

2. Anexo II. Aclarar cuantía solicitada.

3. Anexo III. Concretar el número de participantes y de progenitores desglosados por sexo.

2017/30

Ayuntamiento de Catoira

P3601000G

1. Anexo I. Aclarar la finalidad de la ayuda concedida por otra Administración (la subvención para el programa de conciliación es incompatible con cualquier otra ayuda pública para la misma actuación o actividad).

2. Anexo III. Punto 1. Falta el número de progenitores desglosados por sexo, computándose solamente uno de ellos, preferentemente la madre o persona que ostente la tutela. Punto 2. Falta indicar la persona responsable en el ayuntamiento de la medida solicitada. Punto 5. Ampliar la información del monitorado imputado: perfil y funciones.

2017/31

Ayuntamiento de Paderne

P1506500F

1. Anexo I. Aclarar la cuantía solicitada (no puede ser superior al total de los costes directos de personal). Indicar se tienen concejalía de Igualdad y si se compromete a colaborar con las actuaciones de la SGI.

2. Anexo II. Aclarar la cuantía solicitada.

3. Anexo III. Punto 1. Deben indicar el sistema de selección preferente según los ingresos y el número de progenitores desglosados por sexo, computándose solamente uno de ellos, preferentemente la madre o persona que ostente la tutela. Punto 2. Falta indicar la persona responsable en el ayuntamiento de la medida solicitada. Punto 5. Ampliar información del monitorado imputado: perfil, funciones, período de inicio y fin de la contratación, así como el número de horas dedicadas al programa. Punto 6. Cubrir el desglose de los costes directos del personal contratado que va a realizar la medida.

2017/35

Agrupación de Avión y Melón

P3200500A

1. Anexo I. Deberá indicar el coste directo de personal.

2. Anexo II. Falta la fecha del acuerdo del órgano competente de la entidad local para solicitar la ayuda del Programa de fomento de la conciliación.

3. Anexo III. Punto 6. Cubrir el desglose de los costes directos del personal contratado que va a realizar la medida. Punto 7. Las actuaciones o actividades tienen que corresponderse con la tipología de la medida para la cual se solicita la subvención.

2017/37

Agrupación de Vilasantar y Sobrado

P1509100B

1. Anexo III. Punto 1. Aclarar el número de progenitores desglosados por sexo, computándose solamente uno de ellos, preferentemente la madre o persona que ostente la tutela.

2. Memoria de ahorro de costes.

2017/38

Ayuntamiento de Boimorto

P1501000B

1. Anexo III. Punto 1. Falta el número de progenitores desglosados por sexo, computándose solamente uno de ellos, preferentemente la madre o persona que ostente la tutela.

2017/43

Ayuntamiento de Cabanas

P1501500A

1. Anexo III. Punto 1. Aclarar número de personas participantes. Punto 6. Cubrir el desglose de los costes directos del personal contratado que va a realizar la medida.

2017/45

Ayuntamiento de Vedra

P1509000D

1. Anexo I. Aclarar el importe del cofinanciamiento de los costes de personal.

2. Anexo III. Aclarar el número de personas participantes. Punto 1: deben indicar el número de progenitores desglosados por sexo, computándose solamente uno de ellos, preferentemente la madre o persona que ostente la tutela.

2017/47

Ayuntamiento de Rois

P1507500E

1. Anexo I. Indicar el nombre de la medida con respecto a la que se encuentra convalidada. Deberá de indicar los ingresos por tasas de inscripción.

2. Anexo II. Indicar el nombre de la medida con respecto a la que se encuentra validada. Aclarar la cuantía solicitada (no puede ser superior al total de costes directos de personal) y debe de coincidir con lo indicado en el anexo I.

3. Anexo III. Aclarar el número de participantes. Punto 1. Deben indicar el sistema de selección preferente según los ingresos y número de progenitores desglosados por sexo, computándose solamente uno de ellos, preferentemente la madre o persona que ostente la tutela. Punto 6. Cubrir el desglose de los costes directos de personal para cada una de las personas contratadas para el desarrollo de la actividad.

2017/51

Ayuntamiento de

As Neves

P3603400G

1. Anexo I. Aclarar la cuantía solicitada (no puede ser superior al total de los costes directos de personal). Acreditación de la representación de la persona firmante de la solicitud para actuar en nombre del ayuntamiento.

2. Anexo II. Aclarar la cuantía solicitada y la fecha del acuerdo del órgano competente de la entidad local para solicitar la ayuda del Programa de fomento de la conciliación.

3. Anexo III. Aclarar el número de participantes.

2017/54

Ayuntamiento de Boiro

P1501100J

1. Anexo I. Indicar el nombre de la medida con respecto a la que se encuentra validada.

2. Anexo II. Aclarar la cuantía solicitada con respecto a la que figura en el anexo I.

3. Anexo III. Punto 1. Deben de indicar el sistema de selección preferente según los ingresos y el número de progenitores desglosados por sexo, computándose solamente uno de ellos, preferentemente la madre o persona que ostente la tutela. Punto 2. Falta indicar la persona responsable en el ayuntamientos de la medida solicitada y ampliar la información sobre el sistema de organización, gestión y seguimiento. Punto 5. Falta la enumeración del monitorado, funciones, período de inicio y fin de la contratación y número de horas dedicadas al programa.

2017/55

Ayuntamiento de

O Valadouro

P2706300G

1. Anexo III. Aclarar el número de participantes. Punto 6. Cubrir el desglose de los costes directos de personal para cada una de las personas contratadas para el desarrollo de la actividad.

2017/56

Ayuntamiento de Taboada

P2706000C

1. Anexo I. Indicar si tiene concejalía de Igualdad y si se compromete a colaborar con las actuaciones de la SGI.

2017/57

Ayuntamiento de Mondoñedo

P2703000F

1. Anexo I. Aclarar la finalidad de la ayuda concedida por otra Administración (la subvención para el programa de conciliación es incompatible con cualquier otra ayuda pública para la misma actuación o actividad).

2. Anexo III. Falta indicar el número de personas participantes. Punto 1. Falta la metodología, fechas de inicio y fin, horario y número de progenitores desglosados por sexo, computándose solamente uno de ellos, preferentemente la madre o persona que ostente la tutela. Punto 2. Ampliar la información sobre el sistema de organización, gestión y seguimiento de la medida. Punto 5. Ampliar información del monitorado imputado: perfil, funciones, período de inicio y fin de la contratación, así como el número de horas dedicadas al programa. Punto 6. Cubrir el desglose de los costes directos del personal contratado que va a realizar la medida.

b) Programa de prevención y tratamiento integral de la violencia de género (SI435A 2017).

Nº expediente SI435A

Solicitante

NIF

Documentación requerida

2017/02-0

Ayuntamiento de

A Guarda

P3602300J

Anexo I. Aclarar importes de costes directos de personal y subvención solicitada para el período subvencionable.

2017/03-0

Ayuntamiento de Carral

P1502100I

1. Anexo III. Aclarar el número de personas participantes.

2. Anexo III.1.2. Indicar el sistema de selección de las personas participantes.

2017/04-0

Ayuntamiento de Ortigueira

P1506200C

1. Anexo III. Aclarar el número de actuaciones o actividades (presentación de un anexo III por cada una de ellas).

2. Anexo III. Aclarar el número de personas participantes.

2017/05-0

Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Ordes

P1500003G

1. Plan de igualdad vigente.

2. Memoria de ahorro de costes respecto de la realización de modo individual.

2017/06-0

Ayuntamiento de Pontevedra

P3603800H

1. Anexo II. Indicar el nombre de la medida.

2. Anexo III.4. Medios materiales.

2017/07-0

Ayuntamiento de Teo

P1508300I

1. Plan de Igualdad vigente.

2. Anexo III (continuación). Incompleto. Faltan los puntos 2, 3, 4 y 5.

2017/10-0

Agrupación de Soutomaior, Pazos de Borbén y Vilaboa

P3605300G

1. Anexo I. Aclarar importes de costes directos de personal y subvención solicitada.

2. Anexo II. Aclarar importes de costes directos de personal y subvención solicitada.

3. Convenio de colaboración ayuntamientos de Soutomaior y Pazos de Borbén.

2017/11-0

Ayuntamiento de Vigo

P3605700H

1. Anexo I. Aclarar importes de costes directos de personal y subvención solicitada.

2. Anexo II. Aclarar importes de costes directos de personal y subvención solicitada.

2017/13-0

Agrupación de Avión y Melón

P3200500A

1. Anexo III. Aclarar el número de personas participantes.

2. Anexo III. Aclarar el número de actuaciones o actividades (presentación de un anexo III por cada una de ellas).

3. Anexo III.6. Aclarar el desglose de los costes directos de personal.

2017/14-0

Ayuntamiento de Tomiño

P3605400E

1. Anexo I. Aclarar importes de costes directos de personal y subvención solicitada.

2. Anexo II. Indicar el nombre de la medida.

3. Anexo III. Aclarar importes de costes directos de personal y subvención solicitada.

2017/15-0

Ayuntamiento de Ribadumia

P3604600A

1. Anexo I. Aclarar importes de costes directos de personal y subvención solicitada.

2. Anexo II. Indicar los datos del órgano competente, fecha del acuerdo y aclarar la cuantía solicitada.

3. Anexo III. Indicar el número de participantes desglosados por sexo.

4. Anexo III. Aclarar el número de actuaciones o actividades (presentación de un anexo III por cada una de ellas).

2017/16-0

Ayuntamiento de Padrón

P1506600D

1. Anexo II.

2. Anexo III.

3. Plan de igualdad vigente.

c) Programa de apoyo a los centros de información a las mujeres (SI427B 2017).

Nº expediente SI427B

Solicitante

NIF

Documentación requerida

2017/31-0

Ayuntamiento de Gondomar

P3602100D

1. Aclaración sobre los gastos de personal, ya que los indicados en el apartado 4 del anexo IV.1 no se corresponden con el coste unitario por horas efectivamente trabajadas.

2. Anexo IV.2 correspondiente al puesto de asesora jurídica/directora del CIM (en el presentado, el número de horas no está en el formato exigido).

3. Aclaración sobre el tipo de jornada de trabajo en el CIM de la asesora jurídica/directora.

2017/36-0

Ayuntamiento de Culleredo

P1503100H

1. Anexo II.

2017/48-0

Ayuntamiento de

A Coruña

P1503000J

1. Acreditación de la representación de la persona firmante de la solicitud para actuar en nombre del ayuntamiento.

2. Anexo II.3. Anexo IV.2: en la ficha número 3 la denominación del puesto de trabajo no es correcta.

2017/49-0

Ayuntamiento de Lalín

P3602400H

1. Acreditación de la representación de la persona firmante de la solicitud para actuar en nombre del ayuntamiento.

2. Copia del convenio de colaboración.

3. Anexos IV.2 de los puestos para los cuales solicita la ayuda.

2017/54-0

Ayuntamiento de Teo

P1508300I

1. Aclaración sobre las cuantías solicitadas, ya que la indicada en el anexo I.3 no coincide con la suma de las cuantías de los anexos IV.2 ni con las indicadas en el anexo II.

2017/66-0

Ayuntamiento de

A Pobra de Trives

P3206400H

1. Anexo II.

2. Anexo II-bis.

3. Acreditación de haber remitido las cuentas del ejercicio presupuestario 2015 al Consejo de Cuentas de Galicia.