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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 175 Jueves, 14 de septiembre de 2017 Pág. 42424

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 28 de agosto de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador núm. 2016398AL-PO, por infracción en materia de seguridad alimentaria.

Con fecha 3 de agosto de 2017, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó resolución del expediente sancionador 2016398AL-PO incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra contra Hostal Residencia O Pazo, S.L., con CIF B36802577.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que mediante esta cédula se notifica a Hostal Residencia O Pazo, S.L., el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, calle Fernández Ladreda, nº 43, 1ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el artículo 53.1.a) de dicha ley.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, el plazo de ingreso en período voluntario se realizará: 1) si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente y, 2) si la notificación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente; todo ello mediante ingreso que deberá efectuar en cualquier oficina de Abanca, de BBVA transacción 1316 NIF S1511001H, Santander o http://www.cixtec.es/conselleria, empleando los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial. El pago voluntario pondrá fin al expediente.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).

Pontevedra, 28 de agosto de 2017

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2016398AL-PO.

Denunciado: Hostal Residencia O Pazo S.L., con CIF B36802577.

Última dirección conocida: c/ Campos, nº 9, 11, Matamá, 36213 Vigo.

Hecho imputado: infracciones en materia de seguridad alimentaria.

Preceptos infringidos:

– Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios: artículos 3, 4.2 y 5, y el capítulo I puntos 1, 2, 4, y 5; capítulo II punto 1.c), y d), y 3; capítulo V punto 1 y 2; y capítulo XIII punto 1 del anexo II.

– Artículos 4.2 y 6.5 del Real decreto 126/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba la norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.

Tipificación: infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 51 punto 1 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.

Sanción impuesta: mil doscientos euros (1.200,00 €).