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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 183 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 43879

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2017 por la que se habilitan asesores y/o evaluadores en el marco del proceso de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, en la Comunidad Autónoma de Galicia, en determinadas unidades de competencia o familias profesionales del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales.

La Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, establece en el artículo 3.5 que uno de los fines del Sistema nacional de cualificaciones y formación profesional es el de evaluar y acreditar oficialmente la cualificación profesional, cualquiera que haya sido su forma de adquisición, y en su artículo 4 establece que uno de sus instrumentos es el procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales.

El Real decreto 1224/2009, de 17 de julio (BOE de 25 de agosto), de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, desarrolla lo establecido en el artículo 8.4 de la Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, estableciendo el procedimiento y los requisitos para la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral y/o de vías no formales de formación, así como sus efectos.

En su artículo 22.1 indica que las administraciones responsables del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, en su ámbito territorial correspondiente, tendrán entre sus funciones habilitar a los asesores y evaluadores y mantener un registro de los mismos.

En el mismo artículo se establece que la Administración general del Estado y las administraciones competentes de las correspondientes comunidades autónomas habilitarán a las personas necesarias para garantizar el desarrollo de las funciones de asesoramiento y evaluación que deberán cumplir en todo caso, los requisitos establecidos en el artículo 25.1.

Para la implantación del procedimiento en Galicia, el Decreto 4/2013, de 10 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, atribuye a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa las competencias para la promoción y desarrollo del reconocimiento de competencias profesionales en las diferentes familias profesionales que componen el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales. Asimismo, indica que será la Subdirección General de Formación Profesional a quien le corresponde la organización y la coordinación del sistema de reconocimiento, evaluación y acreditación de competencias profesionales.

Por la Resolución de 26 de abril de 2017 se convocó el proceso de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través da experiencia laboral, para determinadas unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, para el desarrollo del Acuerdo de colaboración subscrito entre la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, la Consellería de Cultura Educación y Ordenación Universitaria y la Consellería del Medio Rural.

El artículo 2 de dicha orden establece que la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa será la encargada de la organización y el desarrollo del proceso de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral y por vías no formales de formación, a través de la Subdirección General de Orientación Profesional y Relación con Empresas.

Según la autorización establecida en la disposición final primera de la misma orden, esta dirección general

RESUELVE:

Habilitar a las personas incluidas en el anexo de esta resolución para desarrollar las funciones de asesoramiento y/o evaluación, en determinadas unidades de competencia o familia profesional del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales de conformidad con el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio (BOE de 25 de agosto), de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral; e incorporarlas al correspondiente registro.

Santiago de Compostela, 15 de septiembre de 2017

Manuel Corredoira López
Director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa

ANEXO
Sector productivo

Familia profesional: Agraria.

Apellidos
y nombre

DNI

Tratamiento

Código UC

Unidad de competencia

Código habilitación

Díaz Doval, Xesús

33994031P

Evaluador

UC0009_3

Gestionar la maquinaria, equipos e instalaciones de jardinería

AVP000931092

UC0727_3

Realizar operaciones topográficas en trabajos de agricultura, jardinería y montes

AVP072731093

UC0728_3

Gestionar las operaciones de repoblación forestal y de corrección hidrológico-forestal

AVP072831094

UC0729_3

Gestionar los tratamientos selvícolas

AVP072931095

UC0730_3

Gestionar la maquinaria, equipos e instalaciones de la explotación forestal

AVP073031096

UC1132_3

Gestionar la maquinaria, equipos e instalaciones de la explotación agrícola

AVP113231097

UC1486_3

Organizar y supervisar las operaciones de inventario y seguimiento del hábitat natural

AVP148631098

UC1487_3

Gestionar los aprovechamientos forestales madereros

AVP148731099

UC1488_3

Gestionar los aprovechamientos forestales no madereros

AVP148831100

UC1492_3

Gestionar las operaciones de propagación de plantas en vivero

AVP149231101

UC1498_3

Gestionar los trabajos derivados de la planificación y seguimiento del hábitat acuícola continental

AVP149831102

UC1499_3

Gestionar los trabajos derivados de la planificación del hábitat de las especies cinegéticas

AVP149931103

Familia profesional: Seguridad y Medio Ambiente.

Apellidos
y nombre

DNI

Tratamiento

Código UC

Unidad de competencia

Código habilitación

Díaz Doval, Xesús

33994031P

Evaluador

UC0083_3

Controlar y vigilar los espacios naturales y su uso público

AVP008331104

UC0085_3

Controlar el aprovechamiento de los recursos cinegéticos y piscícolas

AVP008531105

UC0086_3

Vigilar y colaborar en las operaciones de restauración, mantenimiento, ordenación y defensa de los recursos naturales

AVP008631106