Intentada la notificación personal y devueltas por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada, la resolución de devolución de la cantidad de 3.000 €.
Dispone de un plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para examinar la resolución en las dependencias de esta jefatura territorial, Servicio de Empleo y Economía Social, Sección de Sanciones, sitas en la calle Concepción Arenal, 8, 2ª planta, Vigo (Pontevedra), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.
Nº de expediente: RL 2010/0270-4.
Acta: I362010000080876.
Empresa: Comsa, S.A.
NIF: A-08031098.
Fecha de la resolución: 7.7.2017
Resolución: que la empresa Comsa, S.A. tiene derecho a la devolución de la cantidad de 3.000 €.
Contra esta resolución se puede interponer recurso de alzada o potestativamente recurso de reposición, de conformidad con los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo máximo de un mes.
Vigo, 16 de octubre de 2017
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra