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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 206 Lunes, 30 de octubre de 2017 Pág. 50527

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2017, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Navia de Suarna (expediente IN407A 2017/17-2, 8485 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: A Batundeira, 2, Velle, Ourense.

Denominación: RBT Penedo (CT Vilarín).

Situación: ayuntamiento de Navia de Suarna.

Características técnicas:

1. Adecuación y mejora de la red de baja tensión que parte del centro de transformación de Vilarín para el lugar de Penedo, en la que se proyecta nueva salida de baja tensión del CT Vilarín en sustitución de la existente, en conductor RZ/0,6/1 kV-3×95 Al+54,6 Alm, que alcanza la celosía metálica de tipo C-1000-12, proyectada en el nodo B. Desde esta celosía se reparte la RBT, tendiéndose, por una parte, un nuevo vano de conductor RZ/0,6/1 kV-3×95 Al+54,6 Alm, para la celosía proyectada (C-1000-12) en el nodo C, donde se entronca con la RBT existente para el lugar de Vilarín, y por otra parte, se tiende nuevo vano de conductor RZ/0,6/1 kV-3×50 Al+54,6 Alm, para la celosía proyectada, de tipo C-1000-12, situado en el nodo D, en la que se proyecta un autotransformador elevador de tensión (50 kVA), de relación de transformación 400-230/960 V. A la salída de este autrotransformador elevador se tiende nuevo vano de conductor de tipo RZ/0,6/1 kV-3×50 Al+54,6 Alm para la celosía metálica de tipo C-1000-12, intercalada en el nodo E, donde se entronca con la RBT existente para Penedo. En el nodo H de esta RBT se proyecta un transformador reductor de tensión (50 kVA), de relación de transformación 960/400-230 V, instalado sobre el apoyo de hormigón proyectado de tipo HV-1000-11, desde el que se prevé el tendido de nuevo conductor de tipo RZ/0,6/1 kV-3×25 Al+54,6 Alm para los nodos G e I, proyectando en este último la colocación de un apoyo de hormigón de tipo HV-630-11.

2. La instalación proyectada supone, por tanto, la instalación de 4 celosías metálicas, una de ellas albergará el autotransformador elevador, 2 apoyos de hormigón, en uno de ellos se instalará el transformador reductor, y 231 m de conductor aislado trenzado de tipo RZ.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan de los decretos 129/2015, de 8 de octubre (DOG núm. 194, de 9 de octubre) y 175/2015, de 3 de diciembre (DOG núm. 232, de 4 de diciembre), por los que se crea y se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017 (DOG núm. 22, de 1 de febrero), sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y de construcción de dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Lugo, 9 de octubre de 2017

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo