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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Viernes, 3 de noviembre de 2017 Pág. 51005

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 19 de octubre de 2017 por la que se notifica la imposición de una segunda multa coercitiva en el expediente de reposición de la legalidad urbanística IU3/129/2012.

El subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, en sustitución del director, el 29 de agosto de 2017, resolución por la que se impone una segunda multa coercitiva, como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 29 de octubre de 2013, en la que se declaraban ilegalizables las obras de ampliación de una nave industrial, en la carretera de Rábade a Cospeito, en el kilómetro 4, en la parroquia de Damil, en el término municipal de Begonte, por ser incompatibles con el ordenamiento jurídico vigente y se ordenaba su demolición.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Carlos Fernández González, en representación de Fernández y Neira, S.L., mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución, por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado. Su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse la comparecencia, la notificación se entenderá producida al día siguiente de su publicación.

Contra esta resolución el interesado puede interponer recurso de reposición ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 19 de octubre de 2017

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística