Mediante la Resolución de 5 de abril de 2017 (DOG núm. 75, de 19 de abril), se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas de emergencia social y para la realización de viajes por razones de interés social, asistencial o humanitario, y se procede a su convocatoria para el año 2017.
En aplicación de lo establecido en el artículo 7 de la referida resolución, el plazo para la presentación de solicitudes finaliza el próximo día 30 de noviembre. Habida cuenta de la circunstancia de que la mayoría de los potenciales beneficiarios residen fuera de España así como la situación especial que están atravesando los residentes de algunos países de Iberoamérica, lugar de residencia de la mayoría de los destinatarios de estas ayudas, es aconsejable proceder a una ampliación del plazo señalado inicialmente.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
RESUELVO:
Artículo único. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes
Ampliar hasta el 15 de diciembre de 2017, incluído, el plazo de presentación de solicitudes previsto en el artículo 7 de la Resolución de 5 de abril, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas de emergencia social y para la realización de viajes por razones de interés social, asistencial o humanitario y se procede a su convocatoria para el año 2017.
Santiago de Compostela, 8 de noviembre de 2017
Antonio Rodríguez Miranda
Secretario general de la Emigración