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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Lunes, 20 de noviembre de 2017 Pág. 53205

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ORDEN de 16 de noviembre de 2017 por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones convocadas al amparo de la Orden de 2 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a los ayuntamientos gallegos para la creación de espacios activos de emprendimiento comercial en el medio rural, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código de procedimiento IN201I).

La Orden de 2 de marzo de 2017, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 51, de 14 de marzo de 2017, establece las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a los ayuntamientos gallegos para la creación de espacios activos de emprendimiento comercial en el medio rural, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código de procedimiento IN201I).

En el artículo 1.3 párrafo segundo del anexo I-Bases reguladoras establece la consideración de actuaciones subvencionables siempre que sean realizadas y efectivamente pagadas desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha límite de justificación establecida en el artículo 16.

El artículo 16.1 del anexo I-bases Reguladoras establece que el pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en la respectiva jefatura territorial, en original o copia compulsada, de la documentación justificativa de la realización de la inversión que haya sido objeto de la subvención, para lo cual tendrá de plazo hasta el 31 de octubre de 2017.

La Orden de 9 de octubre de 2017, DOG núm. 197, de 17 de octubre, amplió hasta el 20 de noviembre el plazo de justificación de las subvenciones convocadas al amparo de la Orden de 2 de marzo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a los ayuntamientos gallegos para la creación de espacios activos de emprendimiento comercial en el medio rural.

Con la finalidad de facilitar los procesos de gestión de las subvenciones concedidas y conseguir el mejor cumplimiento de su objeto, se considera procedente unha nueva ampliación del plazo de justificación ata el día 11 de diciembre de 2017.

A tenor de lo expuesto, en virtud de las competencias que tiene atribuida la Consellería de Economía, Empleo e Industria en materia de comercio interior, y en el ejercicio de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único

Modificación del artículo 16.1 del anexo I de la Orden de 2 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a los ayuntamientos gallegos para la creación de espacios activos de emprendimiento comercial en el medio rural, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código de procedimiento IN201I).

El primer párrafo del artículo 16.1 del anexo I de la referida orden queda redactado en los siguientes términos:

«1. El pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en la respectiva jefatura territorial, en original o copia compulsada, de la documentación justificativa de la realización de la inversión que haya sido objeto de subvención, para lo cual tendrá de plazo hasta el 11 de diciembre de 2017».

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de noviembre de 2017

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria