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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Jueves, 23 de noviembre de 2017 Pág. 53691

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 13 de noviembre de 2017 por la que se modifica la autorización del centro privado Castelao, del ayuntamiento de A Coruña.

La representante de la titularidad del centro privado Castelao, del ayuntamiento de A Coruña, solicita la supresión de un ciclo formativo de grado superior (CS) Transporte y Logística, y autorización para impartir el CS Educación Infantil.

Después de tramitar el expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Autorización de enseñanzas

Autorizar la implantación del CS Educación Infantil y la supresión del CS Transporte y Logística, en el centro privado que se señala:

Denominación genérica: centro privado.

Denominación específica: Castelao.

Código del centro: 15032005.

Domicilio: c/ Sinforiano López, 43.

Localidad: A Coruña.

Municipio: A Coruña.

Provincia: A Coruña.

Titular: Mª Carmen y Mª Concepción Amor Alonso.

Composición resultante:

• 1 CS Administración y Finanzas (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

• 1 CS Educación Infantil (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

• 1 CS Integración Social (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

• 1 CS Gestión de Ventas y Espacios Comerciales (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

Artículo 2. Inicio de la actividad

Para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña, previo informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro, así como el equipamiento adecuado.

Artículo 3. Inscripción en el Registro de Centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 4. Modificación de la autorización

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición, ante esta consellería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria