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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Jueves, 23 de noviembre de 2017 Pág. 53693

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

ORDEN de 22 de noviembre de 2017 por la que se modifica la Orden de 17 de julio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el apoyo de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2017.

El 31 de julio de 2017, la Consellería del Medio Rural publicó la Orden de 17 de julio de 2017 (DOG núm. 144, de 31 de julio), por la que establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el apoyo de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2017.

El punto 1 del artículo 21 de dicha orden regula el plazo para justificar la subvención conforme a la anualidad establecida en la resolución de la concesión y solicitar los correspondientes pagos parciales de la subvención, con fechas límite de 24 de noviembre en la anualidad 2017, y 31 de octubre en las anualidades 2018 y 2019, salvo casos excepcionales debidamente autorizados por el órgano gestor acorde con el artículo 45.3 del Decreto 11/2009, después de la petición del beneficiario.

Por la complejidad del análisis de las solicitudes, el proceso administrativo de resolución de las ayudas concedidas al amparo de la Orden de 17 de julio de 2017 puede alargarse en el tiempo de tal manera que la fecha de resolución podría ser posterior a la fecha de justificación inicialmente prevista para el 24 de noviembre de 2017. Por esta circunstancia es necesario modificar la referida fecha de justificación prevista en el punto 1 del artículo 21 de la Orden de 17 de julio de 2017.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 30.1.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en el uso de las facultades que me confiere la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y demás normativa concurrente,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 17 de julio de 2017 (DOG núm. 144, de 31 de julio), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el apoyo de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2017

Se modifica el primer párrafo del número 1 del artículo 21, que queda redactado de la siguiente manera:

«La entidad beneficiaria deberá justificar la subvención conforme a la anualidad establecida en la resolución de la concesión y solicitar los correspondientes pagos parciales de la subvención, con la fecha límite de 15 de diciembre en la anualidad 2017 y de 31 de octubre en las anualidades 2018 y 2019, salvo casos excepcionales debidamente autorizados por el órgano gestor de acuerdo con el artículo 45.3 del Decreto 11/2009, después de la petición del beneficiario».

Disposición final. Entrada en vigor

Esta orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de noviembre de 2017

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira del Medio Rural