De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), se le notifica al titular que en el anexo se menciona la resolución del expediente sancionador en materia de industria por infracción del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial, en relación con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria, ya que, intentada por los medios habituales, non se ha podido efectuar la notificación.
La eficacia del acto queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).
De acuerdo a lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015 y en los artículos 8.2.b), 14.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un (1) mes desde el día siguiente al de su publicación, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, por elección del demandante, ante el juzgado o tribunal en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio o en el que se encuentre el órgano autor del acto originario impugnado. Podrá, asimismo, interponer cualquier otro recurso o ejercitar cualquier acción que considere pertinente a su derecho.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, la sanción poderá hacerse efectiva en período voluntario en los siguientes plazos: a) publicación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente; b) publicación entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato siguiente.
El pago se realizará por transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, mediante los impresos formalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial, sita en c/ Curros Enríquez, 1, 5ª planta, 32003 Ourense. De no efectuarse el ingreso en el plazo estipulado, se procederá a su exigencia por la vía ejecutiva, según lo dispuesto en la Orden de 23 de noviembre de 2001, de la Consellería de Economía y Hacienda (DOG número 235, de 5 de diciembre).
Ourense, 16 de noviembre de 2017
Santiago Álvarez González
Jefe territorial de Ourense
ANEXO
Expediente: IN635C OU IN 2017/1.
Denunciado: Benjamín Herrero Prada.
DNI: 34966299C.
Último domicilio conocido: Veira de Cabo, s/n. O Barco de Valdeorras (Ourense).
Preceptos infringidos: artículos 33.3.m) del Decreto legislativo 1/2015 y 31.2.m) de la Ley 21/1992.
Resolución: 18 de septiembre de 2017.
Sanción impuesta: multa de cinco mil euros (5.000 €).