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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Lunes, 4 de diciembre de 2017 Pág. 55266

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 250/2017).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 250/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Joaquín Lago Ramos contra SS Fernández Concesionario, S.L., se han dictado las siguientes resoluciones:

«Dispongo despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, José Joaquín Lago Ramos, frente a SS Fernández Concesionario, S.L. y el Fogasa, parte ejecutada, por importe de 23.782,58 euros en concepto de principal (8.727,22 euros de salarios más 2.084,97 euros de intereses del artículo 29.3 del ET y 12.051,20 euros de indemnización más 919,19 euros de intereses del artículo 1108 del CC), más otros 2.378,25 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Acuerdo, en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada, SS Fernández Concesionario, S.L., dar audiencia previa a la parte actora, José Joaquín Lago Ramos, y al Fondo de Garantía Salarial, por término de quince días, para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado se acordará lo procedente.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la LJS».

Y para que sirva de notificación en legal forma a SS Fernández Concesionario, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 14 de noviembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia