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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Lunes, 4 de diciembre de 2017 Pág. 55234

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 16 de octubre de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica que aprueba las bases reguladoras de los préstamos previstos en el Instrumento financiero préstamos pymes Galicia-programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva.

Advertidos errores en la referida resolución, publicada en el DOG nº 206, de 30 de octubre de 2017, procede hacer las siguientes correcciones:

En la página 50396, en el artículo 1.3.b), donde dice: «b) Las empresas en crisis. (...) En particular, se entenderá que una pyme se encuentra en esta situación cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: (...)», debe decir: «b) Las empresas en crisis. (...) En todo caso, se entenderá que una pyme se encuentra en esta situación cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: (...)».

En la página 50442, en el apartado I.4) del punto 1.2. Préstamos IFI Industria 4.0 del anexo 1 Modalidades de préstamos del Instrumento financiero préstamos pymes Galicia Feder 2014-2020, donde dice: «I.4) El proyecto incluye tecnologías relacionadas con la fábrica del futuro y el concepto Industria 4.0: máximo 50 puntos. 10 puntos por cada uno de los ámbitos señalados en el apartado d) de la memoria contemplada en el apartado F) del presente informe.», debe decir: «I.4) El proyecto incluye tecnologías relacionadas con la fábrica del futuro y el concepto Industria 4.0: máximo 50 puntos. 10 puntos por cada uno de los ámbitos señalados en el apartado d) de la memoria contemplada en el apartado F) del presente anexo.».

En la página 50456, en el apartado I.2) del punto 1.4. Préstamos IFI Innova del anexo 1 Modalidades de préstamos del Instrumento financiero préstamos pymes Galicia Feder 2014-2020, donde dice: «I.2) Financiación bancaria del proyecto: máximo 5 puntos.», debe decir: «I.2) Financiación bancaria del proyecto: 5 puntos.».

En la página 50461 en el punto 5 del anexo 3 Metodología de calificación del riesgo de crédito, donde dice:

«5. La puntuación del riesgo así obtenida dará lugar a una clasificación en cinco categorías, con arreglo a la siguiente tabla:

Calificación del riesgo

Puntuación

Excelente (AAA-A)

86-100

Buena (BBB)

66-85

Satisfactoria (BB)

50-65

Deficiente (B)

25-49

Mala/dificultades (CC)

0-24»

Debe decir:

«5. La puntuación del riesgo así obtenida dará lugar a una clasificación en cinco categorías, con arreglo a la siguiente tabla:

Calificación del riesgo

Puntuación

Excelente (AAA-A)

86-100

Buena (BBB)

66-85

Satisfactoria (BB)

51-65

Deficiente (B)

25-50

Mala/dificultades (CC)

0-24»