Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Martes, 19 de diciembre de 2017 Pág. 57472

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

EXTRACTO de la Resolución de 4 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de creación audiovisual para el desarrollo y promoción del talento audiovisual gallego, y se convocan para el año 2018.

BDNS (Identif.): 375050.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

1. Podrán optar a estas subvenciones referidas en las modalidades A y B todas las personas físicas residentes, al menos durante un año previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la Unión Europea o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, siempre que no realicen el proyecto para el que solicitan la subvención de manera profesional.

2. Podrán optar a las subvenciones referidas en la modalidad C los directores residentes, al menos durante un año previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la Unión Europea o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, que estén constituidos como productora individual en el momento de presentar la solicitud. Asimismo, podrán optar aquellas personas jurídicas constituidas como productoras con antigüedad ininterrumpida de, al menos, un año inmediatamente anterior a esta convocatoria, establecidas al menos durante un año previo inmediatamente anterior a esta convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la Unión Europea o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea.

Segundo. Finalidad

Esta resolución, en el desarrollo de las funciones y objetivos encomendados y previstos en la Ley 4/2008, de 23 de mayo, de creación de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales, tiene por objeto fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para fomentar la creación de obras audiovisuales con decidida vocación artística y cultural y, en concreto, la escritura de guiones y la realización de cortometrajes a cargo de creadores individuales o la realización de largometrajes a cargo de empresas individuales o productoras, y proceder a su convocatoria para el año 2018.

Podrán ser objeto de subvenciones de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales las siguientes modalidades de proyectos:

Modalidad A: subvenciones a la escritura individual de guion en gallego. Subvenciones para proyectos de guion de obras originales o adaptación de obras literarias para largometrajes cinematográficos. La cuantía adjudicada por proyecto será de 5.000 euros.

Modalidad B: subvenciones para la realización de proyectos de cortometrajes grabados en versión original gallega con una duración inferior a 30 minutos. Las subvenciones tendrán una cuantía de 6.000 euros.

Modalidad C: subvenciones a proyectos de largometrajes cinematográficos en versión original gallega, con una duración igual o superior a los 60 minutos y que cuenten con un realizador que no haya dirigido o codirigido más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica. Las subvenciones tendrán una cuantía de 30.000 euros.

Cada proyecto deberá estar inscrito en una sola modalidad.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 4 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de creación audiovisual para el desarrollo y promoción del talento audiovisual gallego, y se convocan para el año 2018.

Cuarto. Importe

Para la concesión de las subvenciones se destina un crédito global de 145.000 euros, correspondiente a las siguientes aplicaciones de los presupuestos de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales: 55.000 euros de la aplicación presupuestaria 2018 10.A1.432B.480.0 y 90.000 euros de la aplicación presupuestaria 2018 10.A1.432B.770.0, distribuidos en dos anualidades: 21.000 euros de la anualidad 2018 y 69.000 euros de la anualidad 2019.

El crédito se distribuirá de la siguiente manera entre las distintas modalidades: 5 proyectos de la modalidad A (25.000 euros), 5 proyectos para de la modalidad B (30.000 euros) y 3 proyectos de la modalidad C (90.000 euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2017

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales