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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miércoles, 31 de enero de 2018 Pág. 7016

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 2 de enero de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios Camino de Santiago y se procede a su convocatoria para el año 2018.

BDNS (Identif.): 382637.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

1. Podrán participar en esta convocatoria, según las categorías establecidas:

a) En la primera categoría, los ayuntamientos, las agrupaciones de ayuntamientos de Galicia, mancomunidades de ayuntamientos de Galicia, los consorcios locales gallegos y las áreas metropolitanas, si las hubiere, u otras entidades locales de Galicia que presenten un proyecto.

A los efectos de esta resolución, se considera agrupación de ayuntamientos una candidatura suscrita por dos o más ayuntamientos.

b) En la segunda categoría, las asociaciones de amigos del Camino de Santiago legalmente constituidas.

c) En la tercera categoría, las personas físicas o las personas jurídicas constituidas bajo cualquier forma mercantil o civil y las comunidades de bienes que estén comprendidas en la definición de pequeña y mediana empresa (pyme).

d) En la cuarta categoría, modalidad a), las universidades, centros de investigación o investigadores independientes.

e) En la cuarta categoría, modalidad b), los centros de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo. Objeto

Concesión de los Premios Camino de Santiago como un reconocimiento institucional y social a las iniciativas destinadas a conservar, mejorar y embellecer el entorno de las distintas rutas del Camino de Santiago, así como a aquellas otras que supongan nuevos servicios o la mejora de aquellos que se prestan a los peregrinos, y a las acciones específicas de divulgación y promoción, de manera que se contribuya a un aumento de la conservación, promoción y difusión, así como a la puesta en valor del Camino de Santiago, de la cultura jacobea y de su patrimonio.

Los premios Camino de Santiago constarán de las siguientes categorías:

1ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o actuaciones presentadas por los ayuntamientos, las agrupaciones de ayuntamientos, las mancomunidades, los consorcios locales, las áreas metropolitanas, si las hubiere, u otras entidades locales, todos ellos de la Comunidad Autónoma de Galicia y por los que discurra cualquiera de las rutas del Camino de Santiago.

2ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o actuaciones presentadas por las asociaciones de amigos del Camino de Santiago.

3ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o las actividades desarrolladas por las personas físicas o las personas jurídicas constituídas bajo forma mercantil o civil y las comunidades de bienes que estén comprendidas en la definición de pequeña y mediana empresa (pyme).

4ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o las actividades de carácter académico, investigador o educativo, con dos modalidades:

a) Los trabajos de investigación y estudio del Camino de Santiago y de la peregrinación y/o cultura jacobea, y/o del patrimonio cultural ligado al Camino de Santiago desarrollados por centros de investigación, universidades o similares.

b) Los trabajos de carácter educativo relacionados con la temática del Camino de Santiago llevados a cabo por los centros de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 2 de enero de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios Camino de Santiago y se procede a su convocatoria para el año 2018.

Cuarto. Importe

El importe total es de 75.000 euros.

Para los premios de la 1ª categoría: importe máximo de 20.000 euros en la aplicación presupuestaria 04.A2.761A.460.0.

Para los premios de la 2ª categoría: importe máximo de 20.000 euros en la aplicación presupuestaria 04.A2.761A.480.0.

Para los premios de la 3ª categoría: importe máximo de 20.000 euros en la aplicación presupuestaria 04.A2.761A. 470.0.

Para los premios de la 4ª categoría: importe máximo de 15.000 euros en la aplicación presupuestaria 04.A2.761A.444.0.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Plazo de aceptación o renuncia al premio

El plazo para la aceptación o renuncia al premio será de 10 días hábiles desde la notificación de la resolución de la concesión.

Santiago de Compostela, 2 de enero de 2018

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia