En virtud de lo establecido en los artículos 9.1, inciso segundo, y 10.f) de la Ley 6/1995, de 28 de junio, por la que se crea el Consejo Económico y Social de Galicia (DOG núm. 133, de 12 de julio), y en el artículo 9.e) del Reglamento de régimen interno de éste (DOG núm. 114, de 11 de junio de 1996), y después de producirse la disolución de la entidad Asociación Jóvenes Agricultores-Asaja Galicia,
DISPONGO:
Artículo 1
Que cesen como miembros titulares del Consejo Económico y Social de Galicia, en representación de la Asociación Jóvenes Agricultores-Asaja Galicia, las siguientes personas:
– Francisco Bello Bello.
– Antonio de María Angulo.
Artículo 2
Que cesen como miembros suplentes del Consejo Económico y Social de Galicia, en representación de la Asociación Jóvenes Agricultores-Asaja Galicia, las siguientes personas:
– Juan Carlos García Pose.
– Juan Pérez Sánchez-Orozco.
Santiago de Compostela, dos de febrero de dos mil dieciocho
Alberto Núñez Feijóo
Presidente