Advertido error en la citada resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 243, de 26 de diciembre de 2017, procede hacer la oportuna corrección.
En la página 58205, base decimoseptima, 1, último párrafo,
Donde dice:
«– Los beneficiarios estarán obligados a realizar, en el plazo de seis meses desde la fecha del estreno del espectáculo, un mínimo de ocho representaciones del espectáculo subvencionado (cinco representaciones si el espectáculo es de danza o nuevo circo) con el límite del 30 de septiembre de 2018. No se procederá al pago de más del 80 % de la subvención en tanto no se justifique el cumplimiento de la realización de las funciones.
Debe decir:
«– Los beneficiarios estarán obligados a realizar, en el plazo de seis meses desde la fecha del estreno del espectáculo, un mínimo de ocho representaciones del espectáculo subvencionado (cinco representaciones si el espectáculo es de danza o nuevo circo), con el límite del 30 de septiembre de 2019. No se procederá al pago de más del 80 % de la subvención mientras no se justifique el cumplimiento de la realización de las funciones.