BDNS (Identif.): 387129.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de esta beca de formación las personas que estén en posesión de alguna de las titulaciones universitarias de licenciatura o de grado en Magisterio; Ciencias de la Educación, especialidad de Educación Infantil, Primaria y Social; Pedagogía; Psicología; Sociología, o equivalentes, siempre que cumplan los demás requisitos y condiciones establecidos en las bases reguladoras.
Segundo. Objeto
Becas de formación, en régimen de concurrencia competitiva, que tienen por objeto contribuir a la formación tutorial de profesionales en el campo de la docencia y su ámbito. Dichas becas se desarrollarán dentro del programa formativo establecido por la Escuela Gallega del Consumo y con las indicaciones que les transmita el tutor que tengan asignado.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 15 de febrero de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de una beca de formación en la Escuela Gallega del Consumo y se procede a su convocatoria para el año 2018.
Cuarto. Importe y duración
Una beca con una duración máxima de doce meses, contados desde la fecha de la incorporación de la persona becaria y hasta el 30 de diciembre de 2018.
La beca estará dotada con un importe máximo de 10.800 euros brutos, distribuidos en pagos mensuales, a razón de 900 euros por mes.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 15 de febrero de 2018
Sol Mª Vázquez Abeal
Directora del Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia