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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Martes, 27 de febrero de 2018 Pág. 11925

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 340/2017).

Yo, M. Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 340/2017 de esta sección, seguido a instancia del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la Tesorería General de la Seguridad Social, Granitos do Alba, S.L., Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales número 61, Antonio Puime López sobre otros derechos de Seguridade Social, se ha dictado en fecha 10.11.2017 por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, la siguiente resolución:

«Dispongo declarar desistido el recurso de casación para la unificación de doctrina preparado por INSS contra sentencia dictada por TSJ Galicia Social de A Coruña en fecha 8 de junio de 2017, en el recurso número RSU 340/2017, sin hacer expresa imposición de costas.

Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión que no tendrá efectos suspensivos respecto a lo acordado.

Dicho recurso habrá de interponerse ante la sala en el plazo de cinco días, siendo indispensable que al mismo se acompañe resguardo acreditativo de haber constituido el depósito de 25 euros en la cuenta de esta sala abierta en el Banco de Santander, sin el cual no se admitirá a trámite, salvo que el recurrente haya obtenido o tenga reconocido legalmente el derecho a asistencia jurídica gratuita o se trata del Estado, entidades y organismos a que se refiere el apartado 4 del artículo 229 de la LRJS, que les exime de tal ingreso. Dicho ingreso podrá realizarse del siguiente modo:

a) Si se efectúa en una oficina del Banco de Santander se hará en la cuenta de depósitos y consignaciones núm. 2410/0000/66/núm. rec./año.

b) Si se efectúa a través de transferencia bancaria o por procedimientos telemáticos, se hará en la cuenta núm. 0049 3569 92 0005001274, código IBAN. ES55, y en el campo concepto: 2410/0000/66/núm. rec./año.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia, con certificación de esta resolución y comunicación. Así lo acuerdo y firmo.

Y, para que sirva de notificación en legal forma a Granitos do Alba, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 18 de enero de 2018

La letrada de la Administración de justicia