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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Miércoles, 28 de febrero de 2018 Pág. 12097

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2018, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se acuerda el cierre y la apertura de nuevas listas para la incorporación de solicitudes para el nombramiento de personal funcionario interino del cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Xunta de Galicia, escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros, y del cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la Xunta de Galicia, escala de profesores de taller de institutos politécnicos marítimo-pesqueros.

El nombramiento de personal funcionario interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral está regulado por el Decreto 37/2006, de 2 de marzo (DOG nº 48, de 9 de marzo), modificado por el Decreto 124/2016, de 8 de septiembre (DOG nº 178, de 19 de septiembre).

La necesidad de cobertura transitoria de puestos de trabajo de las escalas de profesores numerarios e de maestros de taller de institutos politécnicos marítimo-pesqueros, así como el establecimiento de nuevas especialidades en la Orden de la Consellería del Mar de 9 de mayo de 2011 (DOG nº 185, de 27 de septiembre), hizo necesaria la apertura de estas listas que se hicieron efectivas mediante diversas resoluciones de la Dirección General de la Función Pública. En las citadas resoluciones se establecían los requisitos que deberían poseer los solicitantes para ser admitidos/as en ellas.

La Orden de 9 de mayo de 2011 de la Consellería del Mar, por la que se modifica la Orden de 4 de noviembre de 2008 por la que se establecen las materias que se imparten y las especialidades del profesorado de los centros de enseñanza pesquera y se regula la equivalencia a efectos de enseñanza y el procedimiento para la cobertura de carácter temporal de plazas de profesores numerarios y maestros de taller de institutos politécnicos marítimo-pesqueros.

Dicha Orden de 9 de mayo de 2011 especifica, en el punto uno de su artículo único, que para la elaboración de las listas deberá exigírseles a los aspirantes que se inscriban estar en posesión de alguna de las titulaciones consideradas como adecuadas para la especialidad o materia de que se trate, además de los requisitos específicos para la especialidad del profesorado en cada materia. Estas titulaciones y requisitos figuran recogidos en los cuadros resumen incluidos como anexos I, II y III de la orden.

En esta misma línea de requerimientos a exigir, el artículo 100.2 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 106, de 4 de mayo), dispone que «para ejercer la docencia en las diferentes enseñanzas reguladas en la presente ley será necesario estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes y tener la formación pedagógica y didáctica que el Gobierno establezca para cada enseñanza».

A estos efectos, reunirán el requisito al que se refiere el artículo 100.2 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, aquellos candidatos que esten en posesión del título oficial de máster universitario que habilite para el ejercicio de las profesiones de profesor de enseñanza secundaria obligatoria y bachiller, formación profesional o escuelas oficiales de idiomas.

Estará dispensado de la posesión del citado título o, cuando sea el caso, de la formación equivalente al máster de Formación Pedagógica y Didáctica, el personal aspirante que acredite tener, con anterioridad al 1 de octubre de 2009, alguno de los siguientes requisitos:

• Estar en posesión del título profesional de especialización didáctica, del certificado de aptitud pedagógica (CAP) o del certificado de cualificación pedagógica.

• Estar en posesión del título de maestro, diplomado en profesor de educación general básica, maestro de enseñanza primaria, licenciado en Pedagogía o en Psicopedagogía. Asimismo, también estarán exentos los que estuviesen cursando alguna de las tres anteriores titulaciones y tuviesen cursado 180 créditos de estas en la citada fecha del 1 de octubre de 2009.

• Tener impartida enseñanza durante dos cursos académicos completos o, en su lugar, durante 12 meses ejercidos en períodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados debidamente autorizados, en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria, o de bachillerato, o de formación profesional, conforme a lo previsto en la disposición transitoria cuarta del Real decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.

En consecuencia, teniendo en cuenta que segun establece el artículo 5 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, el personal interesado en formar parte de las listas deberá acreditar que reúne los requisitos del grupo, escala o especialidad en la que desea inscribirse, y que estos requisitos se modifican de acuerdo con lo establecido en el artículo 100.2 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, la Dirección General de la Función Pública

RESUELVE:

Primero. Cerrar las vigentes listas para el nombramiento de personal funcionario interino del cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Xunta de Galicia, escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo pesqueros, y del cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la Xunta de Galicia, escala de maestros de taller de institutos politécnicos marítimo pesqueros, relacionadas en el anexo I.

Segundo. Abrir plazo de inclusión para la elaboración de nuevas listas para el nombramiento de personal funcionario interino del cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Xunta de Galicia, escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo pesqueros, y del cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la Xunta de Galicia, escala de maestros de taller de institutos politécnicos marítimo pesqueros, relacionadas en el anexo I.

Tercero. El plazo para la presentación de las solicitudes de inclusión estará abierto desde el 1 de marzo hasta el 15 de julio de 2018.

Cuarto. Las personas interesadas en inscribirse en las nuevas listas deberán acreditar estar en posesión de los requisitos establecidos en la Orden de la Consellería del Mar de 9 de mayo de 2011 y cumplir el requisito al que se refiere el artículo 100.2 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

Quinto. El modelo de solicitud de inscrición está disponible en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia, http://funcionpublica.xunta.gal, apartado de <Listas de contratación>.

Sexto. Las personas actualmente inscritas en las listas que se cierran que cumplan con los requisitos establecidos en el apartado cuarto de esta resolución podrán solicitar su incorporación a la nueva lista equivalente mediante escrito dirigido a:

Dirección General de la Función Pública

Consellería de Hacienda

Edificio Administrativo San Caetano, 1, 2º

15781 Santiago de Compostela

Para que tenga efectos, dicho escrito deberá venir acompañado de la documentación compulsada que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos.

Séptimo. La presentación de la solicitud de incorporación en la nueva lista a la que se refiere el punto sexto es obligatoria para todos los actuales integrantes de las listas que se enumeran en el anexo I.

En el supuesto de que alguno de los integrantes de las citadas listas no presente la solicitud de incorporación en el plazo recogido en el punto tercero, quedará definitivamente excluido para la correspondiente lista una vez que se hagan públicas las listas definitivas de admitidos y excluidos en el Diario Oficial de Galicia.

Octavo. Con carácter transitorio, en cuanto no esten operativas las nuevas listas a las que se refiere el punto segundo de esta resolución, para la cobertura de puestos de trabajo de estas escalas y especialidades seguirán vigentes para llamamientos las listas actuales.

La selección se realizará por orden de prelación entre los aspirantes que posean los requisitos establecidos en el apartado cuarto.

Noveno. Contra esta resolución, de conformidad con lo previsto en los artículos 112 y siguintes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de febrero de 2018

José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

ANEXO I
Escala y especialidad (personal funcionario)

Subgrupo

Escala/especialidad

Denominación

A1

2093-01

Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Derecho.

A1

2093-02

Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Procesos de Cultivo Acuícola.

A1

2093-03

Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Navegación Marítima.

A1

2093-04

Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Pesca Marítima.

A1

2093-05

Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Inglés Marítimo.

A1

2093-06

Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Medicina Subacuática e Hiperbárica.

A1

2093-07

Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Intervenciones Subacuáticas e Hiperbáricas.

A1

2093-08

Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Comunicaciones.

A1

2093-09

Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Máquinas e Instalaciones Marinas.

A1

2093-10

Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Procesos Sanitarios.

A1

2093-11

Escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Formación y Orientación Laboral.

A2

2094-01

Escala de maestros de taller de Institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Trabajos Técnicos de Buceo.

A2

2094-02

Escala de maestros de taller de Institutos politécnicos marítimo-pesqueros. Especialidad en Máquinas y Producción.