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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 20 de abril de 2018 Pág. 21573

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 4 de abril de 2018 por la que se notifica la imposición de una segunda multa coercitiva en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/218/2014-B1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 8 de marzo de 2018, resolución por la que se impone una segunda multa coercitiva como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 3 de noviembre de 2015 y de 15 de marzo de 2017, en las que se declara ilegalizable la instalación de una caseta metálica prefabricada, en el lugar de Meaos de Abaixo, en el término municipal de Barreiros, provincia de Lugo, por ser incompatible con el ordenamiento jurídico vigente y se ordena su retirada.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a José Luis Cruz Vilar, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, el interesado puede interponer recurso de reposición ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en el que se produzca la notificación, o bien, si no ejercitan su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 4 de abril de 2018

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística