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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 80 Miércoles, 25 de abril de 2018 Pág. 21996

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

ORDEN de 16 de abril de 2018 por la que se regula la oferta de plazas juveniles dentro del programa Campaña de verano 2018 y se procede a su convocatoria.

La Consellería de Política Social, a través de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, lleva a cabo la promoción y organización de actividades con un claro componente de educación no formal destinadas a la juventud en el ámbito del ocio y el tiempo libre.

Asumidas las competencias en este ámbito por el Decreto 146/1982, de 1 de diciembre, la Consellería de Política Social incluye entre sus objetivos el de favorecer la participación de la juventud en actividades de este tipo y para eso convoca, una vez más, la Campaña de verano 2018.

Mediante la oferta de dicha campaña, la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado ofrece la posibilidad de que la juventud emplee su tiempo libre de verano participando en actividades de carácter lúdico, cultural, deportivo y formativo, que sirvan no solo para divertirse sino también para el enriquecimiento personal y vital, además de ofrecer la posibilidad de conocer otros territorios de la geografía nacional a través de las actividades que se realizan en otras comunidades autónomas de España.

Asimismo, la Consellería de Política Social, en aplicación del principio de transversalidad de las políticas en materia de discapacidad, considera pertinente que, además de las actuaciones específicas dirigidas a las personas con discapacidad, se tengan en cuenta las necesidades y demandas de estas personas en las políticas y líneas de acción de carácter general en cualquiera de los ámbitos de actuación pública, como es el ámbito de actuación de las políticas dirigidas a la juventud gallega.

En este sentido debe también señalarse que la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que entró en vigor el 3 de mayo de 2008, reconoce en su artículo 30 el derecho de las personas con discapacidad a participar, en igualdad de condiciones con las demás personas, en las actividades recreativas y de ocio y tiempo libre; y el artículo 7 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, versa exclusivamente sobre el derecho a la igualdad de las personas con discapacidad.

Con base en estos criterios, tanto la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad como la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado acuerdan integrar en la presente convocatoria las necesidades de la juventud gallega en la ocupación de su tiempo de ocio, de modo que los/las jóvenes gallegos/as con discapacidad, en función de las limitaciones que presenten, puedan tener la oportunidad de decidir sobre la modalidad de participación a la que deseen optar: por el procedimiento general o por el procedimiento de las plazas reservadas de inclusión. De esta forma se pretende que la inclusión social de los/las jóvenes con discapacidad sea una realidad al tiempo que se favorezca la interacción y la convivencia entre toda la juventud.

Por todo esto,

RESUELVO:

Artículo 1. Objeto

1. Para facilitar que la juventud gallega pueda participar en actividades de tiempo libre de calidad, la Consellería de Política Social, a través de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, oferta la programación de actividades para el año 2018 que se detalla en el anexo I de esta orden (códigos de procedimiento BS303A, BS303F, BS303G, BS303H).

Las diferentes actividades que integran esta programación se llevarán a cabo en diferentes turnos de entre una semana y quince días de duración, durante los meses de julio y agosto.

2. La información sobre la convocatoria de esta campaña, así como de cada actividad e instalación juvenil donde se desarrollará, se encontrará detallada en la página web http://xuventude.xunta.es/.

3. Con el fin de lograr la efectiva difusión de esta campaña para próximas convocatorias y con el objetivo de garantizar los principios de transparencia, accesibilidad de la información y veracidad (artículo 2 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno), se recogerán experiencias e incluso fotografías de las instalaciones y de las personas participantes que podrán ser empleadas para noticias contenidas en periódicos, publicaciones e incluso divulgadas tanto a través de servicios de la sociedad de la información como en páginas web de la Consellería de Política Social.

A estos efectos, la presentación de la solicitud de participación implica la autorización para la publicación de estas imágenes que serán incorporadas al fichero Actividades dirigidas a la ciudadanía, con el tratamiento previsto en el artículo 15 de esta orden.

Artículo 2. Servicios ofertados

1. La participación en la oferta de la Campaña de verano 2018 se realizará mediante inscripción individual o múltiple (para los supuestos de dos, tres o cuatro hermanos/as).

2. Las personas participantes dispondrán de los siguientes servicios:

a) Un programa de actividades de carácter sociocultural, recreativo, formativo y convivencial, que posibilite la participación del/de la joven.

b) Alojamiento en albergue juvenil, residencia juvenil o campamento juvenil.

c) Manutención en régimen de pensión completa.

d) El material necesario para la actividad.

e) Un equipo técnico de personal especializado en animación sociocultural y actividades de tiempo libre y actividades náuticas, en su caso. Asimismo, y para el caso de las personas con necesidades especiales por razón de su discapacidad, se dispondrá de personal de apoyo que cuente con formación y experiencia para atender sus necesidades.

f) Atención sanitaria de primeros auxilios y seguro de accidentes.

g) En las actividades desarrolladas en otras comunidades autónomas se incluye el transporte desde Santiago de Compostela, o lugar que se señale como punto de salida, hasta el lugar de destino, así como el retorno hasta Santiago de Compostela.

3. La incorporación a los campamentos y albergues de Galicia será por cuenta de la persona interesada el día de inicio del turno correspondiente, de 15.00 a 17.00 horas.

Cuando la incorporación a los campamentos y albergues tenga lugar fuera de Galicia, será por cuenta de la persona interesada el traslado desde su domicilio hasta Santiago de Compostela, o el lugar que se señale como punto de salida, tanto el día de ida para la actividad como el día de llegada de esta.

En el supuesto de abandono de la actividad o expulsión de la persona participante, será responsabilidad de los padres/madres o tutores/as legales el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que se ocasionen.

Artículo 3. Participantes

1. Pueden solicitar su participación en las actividades ofertadas en esta convocatoria personas jóvenes gallegas residentes en Galicia, nacidas en el año señalado en el anexo I para cada actividad.

2. En cuanto a la edad mínima y máxima para participar en la Campaña de verano 2018, hay que destacar lo siguiente:

– Las personas nacidas en el año 2000 no podrán cumplir 18 años antes de la finalización del campamento.

– Las personas nacidas en el año 2009 deberán haber cumplido 9 años al inicio del campamento.

3. Para ser admitido/a en el campamento será necesario no padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio y saber nadar, sin perjuicio de lo señalado para las personas con discapacidad en el punto 5.

4. Ninguna persona participante podrá ser admitida en más de un campamento por año.

5. Las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33 % podrán participar en esta convocatoria cumpliendo los siguientes requisitos:

a) Hacer constar su condición en el apartado que figura en su impreso de solicitud, con el fin de planificar los apoyos personales necesarios, si los precisase.

b) Que en el certificado de reconocimiento de discapacidad no se recoja la necesidad de ayuda de tercera persona.

c) Tener capacidad de integración en un grupo y que sus limitaciones y/o necesidades especiales les permitan participar y beneficiarse de las actividades que se van a desarrollar en el destino que soliciten. La programación de actividades y las características de las instalaciones de cada campamento se podrán consultar en la página web de Xuventude (http://xuventude.xunta.es/).

En función del tipo de discapacidad, podrá exceptuarse, en su caso, el requisito de saber nadar. En este supuesto, el/la menor con discapacidad no podrá participar en las actividades de agua.

Las personas solicitantes con discapacidad que cumplan los requisitos señalados deben optar, de conformidad con el artículo siguiente, por una de estas dos vías: por el procedimiento general o por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión, de modo que quedarán excluidas en el supuesto de que presenten la solicitud por ambos procedimientos.

6. Los/las menores en situación de tutela o guarda por la Administración y que se encuentren en acogimiento residencial, podrán participar en esta convocatoria y deberán indicar esta condición en el anexo de solicitud, marcando la casilla correspondiente.

7. El incumplimiento de los requisitos señalados en este artículo impedirá la participación de la persona solicitante en el campamento.

Artículo 4. Tipos de solicitud y forma de presentación

1. La solicitud puede ser individual o múltiple.

a) Solicitud individual:

1º. Procedimiento general:

Las personas que quieran presentar solicitud individual de plazas deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo II (procedimiento BS303A).

Las personas con discapacidad que presenten su solicitud individual a través del procedimiento general podrán elegir exclusivamente las actividades detalladas en el anexo I A (campamentos que se desarrollan en Galicia, excluyéndose, por tanto, los campamentos que tienen lugar en otras comunidades autónomas).

2º. Procedimiento de plazas reservadas para inclusión de personas con discapacidad:

Las personas con discapacidad que no presenten su solicitud individual por la vía general (procedimiento BS303A) y opten por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión (las incluidas en el anexo I B) deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo IV (procedimiento BS303G).

b) Solicitud múltiple:

1º. Procedimiento general:

En el caso de las personas que cumplan lo establecido en el punto 3º de este apartado b) y quieran presentar una solicitud múltiple, deberán emplear el formulario que se incorpora como anexo III de la orden (procedimiento BS303F).

Las personas con discapacidad que presenten su solicitud múltiple a través del procedimiento general podrán elegir exclusivamente las actividades detalladas en el anexo I A (campamentos que se desarrollan en Galicia, excluyéndose, por tanto, los campamentos que tienen lugar en otras comunidades autónomas).

2º. Procedimiento de plazas reservadas para inclusión de personas con discapacidad:

Las personas con discapacidad que no presenten su solicitud múltiple por la vía general (procedimiento BS303F) y opten por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión (las incluidas en el anexo I B) deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo V (procedimiento BS303H).

3º. Las pretensiones de una pluralidad de personas de contenido y fundamento idéntico o sustancialmente similar podrán formularse en una única solicitud, por eso tanto en el procedimiento general como en el de inclusión, la solicitud múltiple se admitirá para el supuesto de dos, tres y hasta cuatro hermanos/as. Los/las menores que convivan en el domicilio en situación de acogimiento familiar también se podrán incluir en la solicitud múltiple, equiparándose su situación a la de los/las hermanos/as.

Esta solicitud múltiple solo se podrá emplear en el caso de personas que pidan idéntica instalación, turno y actividad (mismo código). Todas las personas interesadas que figuren en una misma instancia deben cumplir los requisitos de edad exigidos para las instalaciones y turnos solicitados.

Cuando se trate de una persona sin discapacidad que tenga hermanos/as con discapacidad y quieran presentar una solicitud conjunta, solo lo podrán hacer por el procedimiento general (actividades del anexo I A) y en ningún caso una persona sin discapacidad podrá ocupar una plaza de las reservadas para inclusión.

El incumplimiento de lo dispuesto en este apartado por una de las personas participantes supondrá la exclusión de todas las que figuren en esa misma solicitud. Estas solicitudes tienen efecto durante el sorteo para la adjudicación de la plaza y para generar las listas de espera, pero en el momento de las adjudicaciones desde la lista de espera ya se tienen en cuenta como individuales.

2. Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en los artículos 14.1 y 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

3. Los impresos de solicitud deben ser cumplimentados de acuerdo con las siguientes normas:

a) Cada joven solo podrá cubrir una solicitud y elegirá, por orden de prioridad, un máximo de cinco turnos o actividades. Cada turno o actividad está identificado con un código en el anexo I, apartados A, B y C, de esta orden.

b) Los datos de la persona solicitante deben ser los del/de la joven que opta a participar en las actividades. En el caso de solicitudes múltiples deberán cubrirse los datos de todos/as los/las hermanos/as que soliciten su participación.

c) Las solicitudes deberán firmarlas los/las padres/madres o tutores/as de los/as menores solicitantes.

d) Las personas solicitantes deben residir en la Comunidad Autónoma de Galicia y por tanto, la dirección que se incluya en la solicitud deberá ser, necesariamente, en algún ayuntamiento de Galicia.

e) La duplicidad de una solicitud dará lugar a la inadmisión de ambas, quedando el/la solicitante fuera del sorteo.

4. Transcurrido un mes desde la publicación de la orden, la persona interesada deberá comprobar, en la página web http://xuventude.xunta.es/, la correcta mecanización de su solicitud, con el fin de enmendar los errores detectados. En esa página aparecerá un enlace para consultar los datos de las solicitudes. Para tener acceso a estos deberá incluirse el número de DNI del/de la padre/madre o tutor/a que cubrió la instancia, así como la fecha de caducidad de ese DNI. Si las personas interesadas detectan algún error en los datos mecanizados o no encuentran la solicitud, deben llamar a cualquiera de los números de teléfono de la D.G. de Juventud, Participación y Voluntariado que aparecen en el anexo VII. La comunicación de los errores deberá efectuarse, como fecha límite, hasta tres días antes del señalado para la realización del sorteo. Una vez transcurrido ese día, contra los errores u omisiones de solicitudes no procederá reclamación alguna.

5. La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán preferentemente por medios electrónicos accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

6. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las normas de este procedimiento.

7. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente datos en poder de las administraciones públicas. Solo en el caso de oposición expresa en el modelo de solicitud las personas interesadas deberán adjuntar los documentos acreditativos correspondientes. En caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas su presentación.

Artículo 5. Plazo

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Artículo 6. Adjudicación de plazas

La adjudicación de las plazas, tanto en el procedimiento general como en el de plazas reservadas para inclusión, se realizará de la siguiente forma:

a) Por adjudicación directa, en el caso de que la demanda no supere el número de plazas disponibles.

b) Por sorteo, por medios informáticos, en el supuesto de que el número de solicitudes supere el número de plazas disponibles. Se efectuarán dos sorteos independientes según el procedimiento por el que se solicite (el general o el de plazas reservadas para inclusión).

En este caso el sorteo se realizará, ante notario/a, en los 45 días siguientes a la fecha de publicación de la orden. El día concreto de realización del sorteo se anunciará en la página web de Xuventude, http://xuventude.xunta.es/, y tendrá lugar a las 12 horas de ese día en la sala de prensa de la Consellería de Política Social, situada en la tercera planta de las dependencias de la mencionada consellería en el Edificio Administrativo de San Lázaro en Santiago de Compostela.

Mediante este sorteo, se cubrirán las plazas en las distintas actividades que especifica el anexo I (apartados A, B y C) de esta orden.

Asimismo, dará lugar a una lista de espera para cada una de las actividades. Se incluirá a cada participante únicamente en una lista de espera para un campamento concreto, de entre las cinco opciones que haya solicitado. El número de reservas en cada actividad será del 50 % de las plazas convocadas. Se generará la lista de espera tanto en el sorteo de plazas del procedimiento general como en el específico de plazas reservadas para inclusión.

c) La Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado hará pública la resolución de la persona titular de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, que resolverá por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social, con el resultado del sorteo, incluidas las listas de espera, y confeccionará la correspondiente lista de admitidos/as para cada turno y actividad.

El resultado del sorteo se publicará en la página web http://xuventude.xunta.es/, donde se expondrá la lista de personas admitidas a partir del día siguiente al del sorteo. A estos efectos, la presentación de la solicitud implica la autorización para la publicación de los datos de la persona solicitante.

Artigo 7. Régimen de recursos

Las resoluciones expresas o presuntas que se dicten al amparo de la presente orden pondrán fin a la vía administrativa y contra ellas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que las dictó, en el plazo de un mes contado a partir de la notificación de la resolución, si esta fuese expresa, o de tres meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación, si esta fuese expresa, o seis meses a partir del día siguiente al que se produzca el acto presunto. No obstante, en el caso de las resoluciones de solicitudes de devolución de cuota previstas en el artículo 14, cuando la resolución corresponda a las jefaturas territoriales, contra esa resolución, que no pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Política Social, en el plazo de un mes, si el acto fuera expreso; si no lo fuera, podrá interponerse el recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Artículo 8. Documentación

1. Las personas admitidas deberán presentar en el plazo de quince (15) días a contar desde el siguiente al de la realización del sorteo, preferiblemente por vía electrónica, la siguiente documentación (los modelos estarán disponibles en la página web http://xuventude.xunta.es/):

a) Justificación de pago.

b) Si el/la menor no dispone de DNI, deberá presentarse la copia del libro de familia.

c) Tarjeta sanitaria o seguro médico privado.

d) Cuestionario de salud y autonomía personal (anexo VI).

e) Declaración responsable de que sabe nadar.

En el caso de personas con discapacidad, además:

a) Certificado acreditativo del grado de discapacidad y copia del dictamen técnico facultativo, emitido por el equipo de valoración y orientación correspondiente, cuando dichos documentos no hayan sido expedidos en nuestra comunidad autónoma.

b) Cuestionario de salud y autonomía personal (anexo VI), con todos los apartados cumplimentados y la información actualizada que permita valorar los apoyos específicos que necesita, en su caso (no se prestará ningún tipo de atención que no se refleje en este documento o en informes complementarios que acompañen a la solicitud).

2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

3. Como ya se menciona en el artículo 4.5, la sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio.

Artículo 9. Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

a) DNI de la/s persona/s solicitante/s.

b) NIE de la/s persona/s solicitante/s.

Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a) Certificado de discapacidad.

b) Título de familia numerosa.

c) Certificado de familia monoparental.

d) Carné xove.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y adjuntar los documentos.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Artículo 10. Adjudicación de plazas a las listas de espera

1. Las vacantes que se produzcan por no presentar la documentación, por presentarla fuera del plazo establecido o por renunciar a la plaza obtenida en el sorteo, serán ofrecidas en la fase de reservas de los respectivos procedimientos (general o de plazas reservadas para inclusión) a las personas solicitantes que figuran en las listas de espera correspondientes. En el caso de que se produzcan bajas, la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado o el servicio de juventud correspondiente contactarán, siguiendo el orden de la lista, con las personas suplentes mediante llamada telefónica al número indicado en la solicitud.

Se realizarán 3 llamadas entre las 9.00 y las 14.00 horas, que serán registradas para la constancia de su realización. De no contactar con la persona interesada ésta será dada de baja y se llamará a la siguiente en la lista de espera.

Una vez recibida la comunicación y aceptada la plaza ofrecida, deberán presentar la documentación señalada en el artículo 8 en un plazo de 48 horas. En caso de no presentar la mencionada documentación en el plazo indicado, la plaza será ofertada a la siguiente persona de la lista de espera.

2. La apertura de la fase de reservas se publicará en la página web de Xuventude http://xuventude.xunta.es/.

Artículo 11. Adjudicación de las plazas de resultas

1. Las plazas vacantes que no se cubriesen por los procedimientos de adjudicación establecidos en los artículos 6 y 10 serán ofertadas en la fase de resultas a cualquier solicitante que las demande y reúna las condiciones y los requisitos exigidos en esta orden para participar en la convocatoria.

2. Estas plazas estarán expuestas en la página web http://xuventude.xunta.es/, donde se anunciará la apertura de la fase de resultas.

3. Para solicitar las plazas de resultas la persona interesada deberá efectuar la oportuna reserva de la plaza, en caso de que existan vacantes, mediante llamada telefónica a los números de teléfono indicados en el anexo VII. La reserva de plazas se podrá efectuar en horario de 9.00 a 14.00 horas, en días laborables, excepto los sábados. Si la persona solicitante figurase en la lista de espera de algún campamento, deberá comunicarlo al hacer la llamada para, en su caso, darla de baja en esa lista antes de la adjudicación de la plaza solicitada en resultas.

Cada persona solo podrá hacer la reserva, como máximo, de cuatro plazas para cuatro participantes.

4. Una vez comprobada en la aplicación informática la disponibilidad de la plaza solicitada, se asignará esta a la persona interesada, que dispondrá de un plazo máximo de 48 horas para presentar la documentación relacionada en el artículo 8.

Para la presentación de esta documentación se aplicará lo establecido en el artículo 4.2.

Artículo 12. Precios

1. Los precios de aplicación para cada actividad y turno aparecen detallados en el anexo I (apartados A, B y C) de esta orden. Los precios de los servicios ofertados en esta orden aparecen recogidos en el anexo I de la Orden de 1 de abril de 2016 por la que se fijan los precios privados correspondientes a la prestación de servicios en las instalaciones juveniles y a la expedición de carnés dirigidos a la juventud, gestionados por la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado (DOG núm. 67, del viernes 8 de abril de 2016).

2. Los miembros de familia que tengan el título de numerosa tendrán un descuento del 50 % sobre los precios que aparecen detallados en el anexo I de esta orden.

3. Los miembros de familias monoparentales tendrán, asimismo, un descuento del 50 % sobre los precios detallados en el anexo I de esta orden. A los efectos de la aplicación del descuento deberá acreditarse estar en posesión del certificado de reconocimiento de la condición de familia monoparental, expedido por la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica de la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia.

4. Las personas usuarias del Carné xove gozarán de un descuento del 25 % sobre los precios que aparecen detallados en el anexo I de esta orden. Para poder aplicar el descuento, la persona beneficiaria deberá tener el Carné xove vigente en el momento de efectuar el pago.

5. Los descuentos citados en los apartados anteriores en ningún caso serán acumulables.

A los efectos de la aplicación de estos descuentos, las personas solicitantes deberán indicar en su solicitud, marcando la casilla correspondiente del formulario, si tienen o no título de familia numerosa, el certificado de familia monoparental o el Carné xove, para su posterior comprobación por la Administración; en caso de que no se autorice esta comprobación en el formulario de solicitud, deberá aportarse la copia compulsada del título vigente de familia numerosa, del certificado de familia monoparental o la del Carné xove, según el descuento aplicable.

Artículo 13. Obligaciones de las personas adjudicatarias

Las personas adjudicatarias de las plazas están obligadas:

1. A incorporarse a la actividad y regresar por los medios y en los plazos establecidos.

2. A no abandonar la actividad sin el permiso de la persona responsable. En todo caso, el abandono de la actividad antes de su finalización requerirá la comparecencia de los/las padres/madres o tutores/as, o persona debidamente autorizada por estos/as, y será responsabilidad de estos/as el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que por tal causa se ocasionen, tal y como se especifica en el artículo 2.2.

3. A respetar las normas establecidas por los equipos de animación, las normas de régimen interior de las respectivas instalaciones y, en general, las establecidas por la legislación vigente en la materia. Podrán ser expulsadas del campamento las personas participantes que no respeten las citadas normas y o cuyo comportamiento dificulte o impida la convivencia.

4. La plaza es intransferible.

Artículo 14. Devolución de cuota

1. Si una vez obtenida la plaza y abonado el precio correspondiente la persona interesada no pudiese asistir a la actividad, solo tendrá derecho a su devolución en los casos y por las causas siguientes:

a) Renuncia a la plaza comunicada por escrito siempre y cuando solicite la devolución de la cantidad abonada por lo menos veinte días antes del inicio de la actividad.

b) Cuando por causas no imputables a la persona interesada, no se preste el servicio o la Administración anule la actividad.

c) Cuando se produzca el ingreso hospitalario u otra causa médica grave, que afecte al/a la menor y le impida incorporarse al campamento. Esta causa debe acreditarse con informes médicos y/o del hospital en que esté ingresado el/la menor.

d) Por fallecimiento o enfermedad grave de un familiar hasta el 2º grado. Esta causa debe estar acreditada con informes médicos y/o del hospital donde esté ingresado el familiar, o con el certificado de defunción, en su caso.

En caso de plazas adjudicadas en fase de reserva o en fase de resultas y cuando no concurra ninguna de las otras causas recogidas en este punto, solo se admitirá la devolución de cuota cuando la fecha de inicio del campamento permita presentar la solicitud de devolución con la antelación mínima de 20 días antes señalada.

En caso de renuncia a una plaza concedida y posterior solicitud y adjudicación de otra en la fase de resultas, si la renuncia a la primera plaza no se ha comunicado con la antelación de veinte días antes señalada y no concurre ninguna de las demás causas recogidas en este punto, tendrá que abonarse el importe íntegro de la segunda plaza, sin que se compense con el precio abonado por la primera.

2. Serán denegadas todas aquellas solicitudes de devolución de cuota que no sean presentadas con la antelación mínima de 20 días anteriores al inicio de la actividad, cuando no concurra ninguna de las causas recogidas taxativamente en el punto 1 de este artículo.

3. A estos efectos, las personas interesadas disponen de un modelo normalizado de solicitud de devolución de cuota de participación anexo a esta orden (anexo VIII), que se podrá obtener en la guía de procedimientos y servicios, en la dirección electrónica https://sede.xunta.gal/guia-de-procedementos-e-servizos o en la sede electrónica, en la dirección https://sede.xunta.gal. Estas solicitudes se presentarán preferentemente por medios electrónicos accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 ( https://sede.xunta.gal/chave365).

4. Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en los artículos 14.1 y 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

5. Las solicitudes de devolución de cuota se dirigirán a la Jefatura Territorial de la provincia donde se localice la actividad objeto de la solicitud, para su resolución por la persona titular de la jefatura territorial. En el caso de intercambios en otras comunidades autónomas, la solicitud se dirigirá a la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado y será resuelta por la persona titular de la dirección general.

Artículo 15. Protección de datos

De acuerdo con el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, le informamos de que los datos recogidos en los diferentes anexos de esta orden resultan necesarios para la adjudicación de plazas juveniles dentro del programa Campaña de verano 2018. Los datos facilitados serán incorporados al fichero Actividades dirigidas a la ciudadanía para su tratamiento, con la finalidad de gestión del procedimiento. La persona titular de los datos consiente expresamente su comunicación a organizaciones o personas directamente relacionadas con el/la responsable del fichero y su publicación en los términos contenidos en la presente orden. No habrá más cesiones de datos excepto a otras administraciones públicas que ejerzan las mismas competencias o en el caso de que una ley lo prevea.

Cuando la persona solicitante facilite datos de un tercero, aunque se trate de menores de edad, siempre que sean mayores de 14 años, será la encargada de informar del contenido de esta cláusula a la persona titular de los datos y con carácter previo a su inclusión en dicho fichero; en el caso de menores, deberá expresarlo en un lenguaje fácilmente comprensible para estos/as.

El órgano responsable del fichero es la Secretaría General Técnica de la Consellería de Política Social. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Secretaría General Técnica de la Consellería de Política Social, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: Edificio Administrativo de San Caetano, 15781 Santiago de Compostela, A Coruña, o a través de un correo electrónico a: sxt.politicasocial@xunta.gal.

Disposición final primera. Habilitación competencial

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de abril de 2018

José Manuel Rey Varela
Conselleiro de Política Social

ANEXO I

A. Campamentos de verano 2018-Ggeneral

A Coruña

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año de

nacimiento

Importe de la plaza

Código

Alb. Juv. Mariña Española

Aventura en As Mariñas

1-8 de julio

07-08-09

113 €

150001

11-18 de julio

07-08-09

113 €

150002

21-28 de julio

07-08-09

113 €

150003

1-8 de agosto

07-08-09

113 €

150004

11-18 de agosto

07-08-09

113 €

150005

21-28 de agosto

07-08-09

113 €

150006

Alb. Juv. Gandarío-

Residencia J. Lug II

Conecta con Galicia

1-12 de julio

00-01-02-03

222 €

150007

Alb. Juv. Gandarío-

Res. Florentino L. Cuevillas

15-26 de julio

00-01-02-03

222 €

150008

Alb. Juv. Gandarío

Actividades en el mar

1-12 de julio

03-04

232 €

150009

17-28 de julio

01-02-03

232 €

150010

2-13 de agosto

00-01-02-03

232 €

150011

17-28 de agosto

04-05

232 €

150012

Laboratorio de ideas

1-10 de agosto

03-04-05

185 €

150013

Vídeo Mapping. Haz visible lo que llevas dentro

1-8 de septiembre

04-05

113 €

150014

A vista de pájaro. Primeros pasos con drones

1-8 de septiembre

04-05

113 €

150015

Camp. Juv. Furelos

Naturaleza en el Camino

1-12 de julio

04-05

176 €

150016

17-28 de julio

00-01-02

176 €

150017

2-13 de agosto

03-04

176 €

150018

15-26 de agosto

04-05

176 €

150019

Camp. Juv. Virxe de Loreto

Naturaleza junto al mar

1-12 de julio

03-04

207 €

150020

17-28 de julio

03-04

207 €

150021

2-13 de agosto

03-04

207 €

150022

17-28 de agosto

00-01-02-03

207 €

150023

Camp. Juv. Espiñeira

Candilejas

1-12 de julio

06-07

176 €

150024

17-28 de julio

06-07

176 €

150025

2-13 de agosto

06-07

176 €

150026

15-26 de agosto

06-07

176 €

150027

Granja Zoo de Grixalba

Aldea perdida

1-7 de agosto

06-07-08-09

113 €

150028

Aldea perdida

15-21 de agosto

06-07-08-09

113 €

150029

Escuela de Agricultura Ecológica Vilasantar

Saborea la vida del rural

2-8 de julio

06-07-08-09

113 €

150030

Lugo

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año de

nacimiento

Importe de la plaza

Código

Alb. Juv. Area

NaturArea: medioambiente marino y náutica

1-12 de julio

03-04

232 €

270001

17-28 de julio

00-01-02-03

232 €

270002

2-13 de agosto

03-04

232 €

270003

17-28 de agosto

03-04

232 €

270004

Alb. Juv. Benigno Quiroga

Mi primera aventura

1-8 de julio

07-08-09

113 €

270005

11-18 de julio

07-08-09

113 €

270006

21-28 de julio

07-08-09

113 €

270007

1-8 de agosto

07-08-09

113 €

270008

11-18 de agosto

07-08-09

113 €

270009

Camp. Juv. A Devesa

Multiaventura: medioambiente y mar

1-12 de julio

04-05

176 €

270010

Acampada al lado del mar

1-12 de julio

06-07

176 €

270011

Multiaventura: medioambiente y mar

17-28 de julio

04-05

176 €

270012

Acampada al lado del mar

17-28 de julio

06-07

176 €

270013

Multiaventura: medioambiente y mar

2-13 de agosto

04-05

176 €

270014

Acampada al lado del mar

2-13 de agosto

06-07

176 €

270015

Cam. Juv. Os Chacotes

Multiaventura en Os Chacotes

1-12 de julio

04-05

176 €

270016

Aventura-T

17-28 de julio

01-02-03

176 €

270017

2-13 de agosto

01-02-03

176 €

270018

Multiaventura en Os Chacotes

17-28 de agosto

04-05

176 €

270019

Poblado Os Peares (Carballedo)

Adventure Camp

1-8 de julio

07-08-09

113 €

270020

11-18 de julio

07-08-09

113 €

270021

21-28 de julio

04-05-06

113 €

270022

1-8 de agosto

04-05-06

113 €

270023

Albergue Municipal Quiroga

Explora O Courel

11-18 de julio

05-06-07-08-09

113 €

270024

LUG2

El Musical

20-27 de julio

03-04

113 €

270025

Ourense

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año de

nacimiento

Importe de la plaza

Código

Camp. Juv. Penedos de Xacinto (Entrimo)

Teatro y aventura en la naturaleza

1-12 de julio

05-06-07-08-09

176 €

320001

17-28 de julio

05-06-07-08-09

176 €

320002

2-13 de agosto

05-06-07-08-09

176 €

320003

Estación de montaña

Manzaneda

Manzaneda alta montaña

5-12 de agosto

04-05-06

113 €

320004

12-19 de agosto

04-05-06

113 €

320005

19-26 de agosto

07-08-09

113 €

320006

Albergue Equal

Hípica y naturaleza

5-12 de agosto

07-08-09

113 €

320007

Complejo O Corgo

Muíños

Ven a explorar con nosotros

2-9 de agosto

03-04-05

113 €

320008

Albergue del Parque Natural do Invernadeiro

Naturnia

4-10 de julio

01-02-03

113 €

320009

Albergue A Vilavella

Aventura en la Estación

1-8 de agosto

07-08-09

113 €

320010

Pontevedra

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año de

nacimiento

Importe de la plaza

Código

Alb. Juv. As Sinas

Actividades en el mar

1-12 de julio

03-04

232 €

360001

17-28 de julio

03-04

232 €

360002

2-13 de agosto

03-04

232 €

360003

17-28 de agosto

00-01-02-03

232 €

360004

Camp. Juv. Pontemaril

Aventura en la naturaleza

1-12 de julio

06-07

176 €

360005

17-28 de julio

04-05-06

176 €

360006

Mi primera aventura

1-8 de julio

07-08-09

101 €

360007

11-18 de julio

07-08-09

101 €

360008

21-28 de julio

07-08-09

101 €

360009

Aventura en la naturaleza

2-13 de agosto

04-05-06

176 €

360010

17-28 de agosto

06-07

176 €

360011

Camp. Juv. Illa de Ons

Big Bang isla

1-8 de julio

05-06

101 €

360012

11-18 de julio

06-07

101 €

360013

21-28 de julio

04-05

101 €

360014

1-8 de agosto

06-07

101 €

360015

B. Campamentos de verano 2018-plazas reservadas para inclusión

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año de

nacimiento

Importe de la plaza

Código

Alb. Juv. Mariña Española

Aventura en As Mariñas

1-8 de julio

07-08-09

113 €

150001

1-8 de agosto

07-08-09

113 €

150004

Alb. J. Gandarío

Actividades en el mar

17-28 de julio

01-02-03

232 €

150010

2-13 de agosto

00-01-02-03

232 €

150011

Camp. Juv. Espiñeira

Candilejas

1-12 de julio

06-07

176 €

150024

2-13 de agosto

06-07

176 €

150026

Cam. Juv. Os Chacotes

Multiaventura en Os Chacotes

1-12 de julio

04-05

176 €

270016

Aventura-T

2-13 de agosto

01-02-03

176 €

270018

Camp. Juv. Pontemaril

Mi primera aventura

11-18 de julio

07-08-09

101 €

360008

Aventura en la naturaleza

1-12 de julio

06-07

176 €

360005

2-13 de agosto

04-05-06

176 €

360010

17-28 de agosto

06-07

176 €

360011

C. Campaña de verano 2018-campamentos en otras comunidades autónomas

Comunidad Autónoma

Instalación juvenil

Modalidad

Fecha

Año

de nacimiento

Importe de la

plaza

Código

Álava

Albergue Catedral de Vitoria-Gasteiz

Colonia de rock

1-12 de julio

01-02

293 €

500001

Alb. Juv. Barría

Multiaventura

1-11 de agosto

03-04

274 €

500002

Isla de Zuhatza

Náutica

1-11 de agosto

02-03-04

283 €

500003

Extremadura

Camp. J. Emperador Carlos V (Jerte)

Deporte y ocio en Jerte

3-14 de agosto

03-04

247 €

500004

Castilla y León

Alb. Juv. San Martín de Castañeda (Puebla de Sanabria)

Multiaventura y aire libre

21-30 de julio

04-05

245 €

500005

Alb. Juv. Navarredonda de Gredos

Multiaventura y aire libre

1-12 de agosto

04-05

293€

500006

La Rioja

Alb. Juv. Ezcaray

Multiaventura

1-12 de julio

03-04

293 €

500007

Alb. Juv. Ezcaray

Multiaventura

1-12 de agosto

01-02

293 €

500008

Madrid

Alb. Juvenil El Escorial

Inmersión Inglés y NN.TT

1-10 de julio

00-01-02-03

245 €

500009

Alb. Juvenil Las Dehesas (Cercedilla)

Cine en inglés

1-10 de julio

00-01-02-03

245 €

500010

Cantabria

Alb. Juvenil Gerardo Diego (Solórzano)

Cine

17-31 de julio

04-05

348 €

500011

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ANEXO VII

– Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado. Consellería de Política Social.

Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 3ª planta, 15781 Santiago de Compostela.

Teléfonos: 881 99 90 25/881 99 91 94/981 54 52 93/881 99 93 14.

– Jefatura Territorial de A Coruña. Consellería de Política Social. Servicio de Juventud y Voluntariado.

CC Elviña. Calle Salvador de Madariaga, 9,1º, 15008 A Coruña.

Teléfonos: 881 88 12 40/881 88 12 38/881 88 12 41/881 88 12 39.

– Jefatura Territorial de Lugo. Consellería de Política Social. Servicio de Juventud y Voluntariado.

Ronda de la Muralla, 70, 27001 Lugo.

Teléfonos: 982 29 42 24/982 29 43 53/982 29 49 23.

– Jefatura Territorial de Ourense. Consellería de Política Social. Servicio de Juventud y Voluntariado

Av. Habana, 81, bajo - 32004 Ourense

Teléfonos: 988 386 120 / 988 386 116 / 988 386 117

– Jefatura Territorial de Vigo. Consellería de Política Social. Servicio de Juventud y Voluntariado

Concepción Arenal, 8, 1ª planta, 36201 Vigo.

Teléfonos: 986 81 70 78/986 81 70 80/986 81 77 81/986 81 76 56.

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