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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 3 de mayo de 2018 Pág. 22940

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2018, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se publican los requerimientos de enmienda de documentación de las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad, cofinanciadas por el FSE con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018 (procedimiento SI427A).

La Secretaría General de la Igualdad convocó para el año 2018, a través de la Resolución de 29 de diciembre de 2017 (DOG núm. 18, de 25 de enero de 2018), subvenciones destinadas a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para llevar a cabo programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad que respondan a alguno de los siguientes tipos:

a) Programa de recursos integrales específicos para mujeres gestantes o lactantes con hijas o hijos menores de tres años, en situación de especial vulnerabilidad.

b) Programa de recursos integrales de atención personalizada y especializada para mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

La partida presupuestaria con cargo a la que se financian estas subvenciones tiene una cofinanciación del 80% de los fondos FSE en el programa operativo de Galicia 2014 -2020.

El plazo y la forma de presentación de las solicitudes están regulados en el artículo 7 de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, y en el artículo 8 se determina la documentación que se adjuntará al anexo de la solicitud. Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha resolución de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción de los procedimientos, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores, o bien por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.

El artículo 11 de la citada resolución establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que si la solicitud no está debidamente cubierta o no se presenta la documentación exigida, la unidad administrativa encargada de la tramitación del expediente requerirá a la entidad solicitante para que, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, enmiende la falta o aporte los documentos preceptivos, con la advertencia de que, de no hacerlo, se considerará que desistió de su solicitud, después de que se dicte resolución en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015.

Asimismo, también se indica que, por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la indicada Ley 39/2015, los citados requerimientos de enmienda se realizarán mediante publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los efectos de la notificación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.6 de la Resolución de 23 de diciembre de 2016, todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Por lo expuesto,

DISPONGO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la relación de solicitudes que no están debidamente cubiertas y/o que no aportan la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras. Esta relación figura como anexo de esta resolución.

Segundo. Hacer indicación expresa a todas las entidades solicitantes recogidas en el anexo de que son requeridas para que, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, conforme se establece en esta resolución. De no hacerlo, se tendrán por desistidas en su petición, previa resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Tercero. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de enmienda de documentación de las solicitudes, podrán dirigirse a la Secretaría General de la Igualdad a través de la cuenta de correo promocion.igualdade@xunta.gal o del teléfono indicado en el artículo 24 de la resolución de convocatoria (981 54 53 69).

Santiago de Compostela, 20 de abril de 2018

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad

ANEXO

Nº de expediente

SI427A

Solicitante

NIF

Documentación requerida

2018/000001-0

Axuda, Atende e Acolle (Axatac)

G70442561

1. Anexo IIl.

2. Anexos IV de los/las profesionales adscritos/as al programa que vayan a desarrollar tareas vinculadas con la atención directa a usuarias, describiendo de forma concreta dichas tareas de atención y computando exclusivamente las horas dedicadas a estas tareas.

3. Anexo III: en el presentado, la temporalización del programa excede el período subvencionable y las actuaciones que componen el programa no están descritas de forma precisa.

2018/000005-0

Asociación pola Igualdade e a Coeducación (Apico)

G94088549

1. En los anexos IV se incluyen tareas no relacionadas con la atención a usuarias (actividades de coordinación, organización y difusión), por lo que deberán presentar nuevos anexos IV en los que se indiquen las tareas de atención a usuarias en el desarrollo del programa (artículo 5.5 y 6.1.a) de la convocatoria) y, en su caso, modificar el número de horas declaradas computando exclusivamente las dedicadas a estas tareas.

2. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 1.935 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000007-0

Asociación de Viudas María Andrea

G32014334

1. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 1.075 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000008-0

Fundación Amigos de Galicia

G15859911

1. Anexo III (el presentado está sin firmar).

2018/000009-0

Alume Saúde Mental

G27198977

1. Anexos IV: los presentados no se corresponden con el modelo normalizado de la convocatoria 2018 y en el anexo IV correspondiente al puesto de Dirección/psicóloga clínica se incluyen tareas no relacionadas con la atención directa a usuarias.

2018/000010-0

Asociación Down Ourense

G32311870

1. Anexo II (en el presentado no está cumplimentado el apartado «Denominación del programa»).

2. Anexos IV (los presentados no se corresponden con el modelo normalizado de la convocatoria 2018).

2018/000014-0

Mulleres en Igualdade de Burela

G27441153

1. A los efectos de valoración de la solicitud, aclaración sobre la localización territorial del programa, relacionando los ayuntamientos donde se van a desarrollar las actuaciones, ya que no lo indicaron en el anexo III.

2018/000015-0

ONG Mestura

G15940414

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no es coincidente en los anexos I y II .

2. Anexo III debidamente cumplimentado en todos sus apartados (además, deberán especificar el/los colectivo/s de mujeres a que va dirigido el programa de acuerdo con la disposición adicional única de la convocatoria).

2018/000017-0

Asociación Síndrome de Down Teima de Ferrol

G15458060

1. Anexo III: la memoria del programa debe presentarse obligatoriamente en el modelo normalizado del anexo III (la memoria complementaria que se presente sólo es válida a los efectos de ampliar la información contenida en el anexo III, no para sustituirlo).

2018/000018-0

Aspnais-Asociación de Padres o Tutores de Personas con Discapacidad Intelectual de Lugo

G27018365

1. Las tareas que desarrolla el profesional que ocupa el puesto de Dirección-gerencia no están relacionadas con la atención a usuarias, por lo que no se pueden tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable (artículo 5.5 y 6.1.a) de la convocatoria), excepto que presenten una aclaración o, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000023-0

Asociación de Axuda ao Toxicómano Érguete

G36642726

1. Anexos IV: en las fichas correspondientes a los puestos de trabajo de educadora social y pedagoga el período de dedicación al programa indicado (1.10.2017-30.9.2018) excede el período de desarrollo del programa que consta en el anexo III (1.11.2017-30.9.2018), por lo que deberán presentar nuevos anexos corrigiendo este extremo y, en su caso, computando exclusivamente las horas dentro del período correspondiente.

2018/000024-0

Congregación Siervas de la Pasión

R0800086A

1. Documentación acreditativa de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud para actuar en nombre de la entidad, ya que esta es distinta a la designada en el RUEPSS.

2. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 1.720 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000025-0

Asociación de Axuda ao Enfermo Mental A Mariña

G27262799

1. Documentación acreditativa de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud para actuar en nombre de la entidad, ya que ésta es distinta de la designada en el RUEPSS.

2018/000026-0

Asociación Redmadre Coruña

G70180229

1. Anexo IV (el presentado no se corresponde con el modelo normalizado de la convocatoria 2018).

2018/000027-0

Federación de Asociacións de Persoas Xordas de Galicia (Faxpg)

G15068091

1. Anexo III: la memoria del programa debe presentarse obligatoriamente en el modelo normalizado del anexo III (la memoria complementaria que se presente sólo es válida a los efectos de ampliar la información contenida en el anexo III, no para sustituirlo).

2018/000029-0

Asociación Punto Delas-Secretaría das Mulleres

G70370119

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no es coincidente en los anexos I y II.

2. A los efectos de valoración de la solicitud, aclaración sobre la localización territorial del programa, relacionando los ayuntamientos donde se van a desarrollar las actuaciones, no las comarcas.

2018/000031-0

Asociación de Amigos da Cultura e do Ocio Aires Nosos

G32369696

1. Anexos IV de los/las profesionales adscritos/as al programa que vayan a desarrollar tareas vinculadas con la atención directa a usuarias, describiendo de forma concreta dichas tareas de atención y computando exclusivamente las horas dedicadas a estas tareas.

2018/000033-0

Asociación Pro Saúde Mental A Creba

G15476310

1. Anexo II.

2. A los efectos de valoración de la solicitud, aclaración sobre la localización territorial del programa, relacionando los ayuntamientos donde se van a desarrollar las actuaciones.

3. Los/las profesionales que van a participar en la ejecución del programa relacionados/as en el anexo III no coinciden con las fichas individualizadas de los/las profesionales (anexos IV) presentadas, por lo que deberán presentar una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000034-0

Fundación Ronsel

G15752660

1. Dado que uno de los profesionales está vinculado con la entidad (director/gerente), deberán solicitar la autorización del órgano concedente para poder llevar a cabo esta contratación, indicando los motivos que la justifican y si se realiza de acuerdo con las condiciones normales del mercado (artículo 27.7.d) de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia).

2. Anexos IV: en los presentados el dato introducido en el campo «Tipo de vinculación» no es el que se exige y el número total de horas no está en el formato exigido, por lo que deberán presentar nuevos anexos IV debidamente cumplimentados.

2018/000035-0

Asociación Amicos

G15747678

1. A los efectos de valoración de la solicitud, aclaración sobre la localización territorial del programa, relacionando los ayuntamientos donde se van a desarrollar las actuaciones, no las comarcas.

2018/000037-0

Asociación Educando en Familia

G27437581

1. Aclaración sobre el/los colectivo/s de mujeres a que va dirigido el programa, ya que solicitan la ayuda para un programa de recursos integrales para mujeres gestantes o lactantes y en el anexo III constan otros colectivos.

2018/000038-0

Federación Alzheimer Galicia

G15656739

1. Acreditación de la inscripción en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales ( RUEPSS).

2. Anexo II (el presentado está sin firmar).

3. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no es coincidente en los anexos I y II.

4. Anexo III debidamente firmado.

5. Las tareas del puesto de trabajo de responsable de comunicación no están vinculadas con la atención directa a usuarias, por lo que no son imputables para el cálculo del gasto subvencionable (artículo 5.5 y 6.1.a) de la convocatoria), excepto que presenten una aclaración o, en su caso, una corrección al respecto.

6. En los anexos IV correspondientes a los restantes puestos de trabajo se incluyen tareas no relacionadas con la atención directa a usuarias, por lo que deberán presentar nuevos anexos IV en los que se indiquen las tareas de atención a usuarias en el desarrollo del programa (artículo 5.5 y 6.1.a) de la convocatoria) y, en su caso, modificar el número de horas declaradas computando exclusivamente las dedicadas a estas tareas.

2018/000040-0

Federación Provincial de Mulleres Rurais de Ourense (Femuro)

G32237869

1. A los efectos de valoración de la solicitud, aclaración sobre la localización territorial del programa, relacionando los ayuntamientos donde se van a desarrollar las actuaciones, ya que no lo indicaron en el anexo III.

2018/000041-0

Asociación Íntegro das Persoas con Diversidade Funcional da Costa da Morte

G15173263

1. Anexo II (en el presentado no está cumplimentados la cuantía solicitada).

2. Aclaración sobre el período de desarrollo del programa, ya que el indicado en el anexo III es incoherente.

3. Anexos IV correspondientes a los puestos de trabajo de terapeutas ocupacionales (en los presentados el período de dedicación al programa es incoherente)

2018/000043-0

Unión Xeral de Traballadores de Galicia (UGT Galicia)

G15383011

1. Anexo II debidamente firmado.

2. Anexo IV (en el presentado el número total de horas es ilegible y no está en el formato exigido).

2018/000044-0

Cáritas Diocesana de Santiago-Interparroquial A Coruña

R1500053B

1. Anexo II (en el presentado los datos de la persona secretaria de la entidad no coinciden con la persona que firma como secretaria).

2. Aclaración sobre el período de desarrollo del programa, ya que el indicado en el anexo III excede el período subvencionable de la convocatoria.

3. En el anexo IV se incluyen tareas no vinculadas con la atención directa a usuarias, por lo que deberán presentar nuevo anexo IV en el que se indiquen las tareas de atención a usuarias en el desarrollo del programa (artículo 5.5 y 6.1.a) de la convocatoria) y, en su caso, modificar el número de horas declaradas computando exclusivamente las dedicadas a estas tareas.

2018/000046-0

Down Pontevedra Xuntos

G36164887

1. Anexo III debidamente cumplimentado en todos sus apartados (en el presentado falta la relación de los/las profesionales que van a participar directamente en la ejecución del programa).

2018/000047-0

Asociación de Mulleres Arandeira

G32261679

1. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 559 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000048-0

Fundación Juansoñador

G24452435

1. Acreditación de que la entidad tiene domicilio social o delegación en Galicia (artículo 4.1.b).

2. Anexo II (el presentado está sin firmar y la cuantía solicitada no coincide con la indicada en el anexo I).

3. Anexos IV: deberán presentar un anexo por cada uno de los/las profesionales adscritos/as al programa que vayan a desarrollar tareas vinculadas con la atención directa a usuarias, describiendo de forma concreta dichas tareas de atención y computando exclusivamente las horas dedicadas a estas tareas.

2018/000049-0

Asociación Ámbar das Persoas con Diversidade Funcional

G15052434

1. Aclaración sobre el período de desarrollo del programa, ya que el indicado en el anexo III excede el período subvencionable de la convocatoria.

2. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 688 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000050-0

Asociación de Mulleres Anel

G32207516

1. Aclaración sobre los/las profesionales que van a participar directamente en la ejecución del programa, ya que presentaron un anexo IV correspondiente al puesto de trabajo de asesora jurídica pero esta profesional no está relacionada en el anexo III.

2. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 1.118 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000051-0

Saúde Mental Feafes Galicia

G15545353

1. Anexo II debidamente cumplimentado y firmado.

2. Certificación original de la secretaria de la entidad, conformada por la persona firmante de la solicitud, acreditativa de las asociaciones y federaciones integradas, especificando respecto a cada una de ellas la denominación, el NIF y el número de socias y socios.

2018/000052-0

Ecos do Sur

G15354483

1. Anexo II (el presentado está sin firmar y la cuantía solicitada no coincide con la indicada en el anexo I).

2018/000053-0

Asociación Síndrome de Down de Lugo

G27202043

1. A los efectos de valoración de la solicitud, aclaración sobre la localización territorial del programa, relacionando los ayuntamientos donde se van a desarrollar las actuaciones (no los ayuntamientos de donde proceden las usuarias), ya que no lo indicaron ni en el anexo III ni en la memoria complementaria.

2018/000054-0

Asociación Labregas

G15945686

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no es coincidente en los anexos I y II.

2. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 2.795 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

3. La certificación presentada acreditativa de la colaboración con la Administración pública no corresponde a la entidad solicitante.

2018/000055-0

Federación de Asociacións de Mulleres Anaral

G32362279

1. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 1.118 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000056-0

Federación Galega de Redeiras Artesás O Peirao

G15969868

1. Certificación original de la secretaria de la entidad, conformada por la persona firmante de la solicitud, acreditativa de las asociaciones y federaciones integradas, especificando respecto a cada una de ellas la denominación, el NIF y el número de socias y socios (la presentada está sin firmar).

2018/000057-0

Asociación Nacional de Mujeres de la Pesca (Ammupesca)

G70490115

1. Anexo II (en el presentado no está cumplimentado el apartado «Denominación del programa»).

2018/000058-0

Fundación Cume para el Desarrollo de Culturas y Pueblos

G36797579

1. Aclaración sobre el/los colectivo/s de mujeres a que va dirigido el programa, ya que solicitan la ayuda para un programa de recursos integrales para mujeres gestantes o lactantes y en el anexo III constan otros colectivos.

2. Aclaración sobre si el programa para el cual se solicita la subenvión se desarrolla en un centro o piso de acogida en el que se dé alojamiento y mantenimiento a las usuarias o en la sede de la fundación.

3. Dado que una de las profesionales está vinculada con la entidad (representante legal), deberán solicitar la autorización del órgano concedente para poder llevar a cabo esta contratación, indicando los motivos que la justifican y si se realiza de acuerdo con las condiciones normales del mercado (artículo 27.7.d) de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia).

2018/000059-0

Asociación de Pais de Persoas con Discapacidade Intelectual (Aspas)

G15031537

1. Aclaración sobre el/los colectivo/s de mujeres a los que va dirigido el programa de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la convocatoria.

2. Anexos IV: sólo presentaron 3 anexos de los 5 puestos relacionados en el anexo III y en los presentados falta el período de dedicación al programa.

2018/000061-0

Asociación Menthor

G94151602

1. Documentación acreditativa de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud para actuar en nombre de la entidad, ya que ésta es distinta de la designada en el RUEPSS y el acta presentada no acredita esta representación.

2. Anexos IV: los presentados no se corresponden con el modelo normalizado de la convocatoria 2018, el período de dedicación al programa excede el período subvencionable de la convocatoria y no están firmados por la representante legal de la entidad.

3. Dado que las profesionales están vinculadas con la entidad, deberán solicitar la autorización del órgano concedente para poder llevar a cabo estas contrataciones, indicando los motivos que las justifican y si se realizan de acuerdo con las condiciones normales del mercado (artículo 27.7.d) de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia).

2018/000062-0

Asociación Redmadre Pontevedra

G27707686

1. Anexo II (en el presentado no está cumplimentado el apartado «Denominación del programa»).

2018/000064-0

Patronato Concepción Arenal

G15030372

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no la indicaron en el anexo I.

2. Dado que una de las profesionales está vinculada con la entidad (la persona que actúa en su representación), deberán solicitar la autorización del órgano concedente para poder llevar a cabo esta contratación, indicando los motivos que la justifican y si se realiza de acuerdo con las condiciones normales del mercado (artículo 27.7.d) de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia).

3. Los/las profesionales que van a participar en la ejecución del programa relacionados/as en el anexo III no coinciden con las fichas individualizadas de los/las profesionales (anexos IV) presentadas, por lo que deberán presentar una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000065-0

Asociación Diversidades

G27783950

1. Anexo II debidamente cumplimentado y firmado (en el presentado no consta la cuantía solicitada).

2018/000068-0

Down Vigo: Asociación para a Síndrome de Down

G36697324

1. Anexos IV (los presentados no se corresponden con el modelo normalizado de la convocatoria 2018).

2018/000069-0

Asociación Socioeducativa para la Educación (Aseduc)

G70067830

1. Acreditación de la inscripción en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS).

2. Los/las profesionales que van a participar en la ejecución del programa relacionados/as en el anexo III no coinciden con las fichas individualizadas de los/las profesionales (anexos IV) presentadas, por lo que deberán presentar una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

3. Anexos IV: los presentados son incorrectos, ya que no se puede validar la firma electrónica de la representante de la entidad.

2018/000070-0

Almat, Asociación de Loita contra os Malos Tratos

G15717721

1. Documentación acreditativa de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud para actuar en nombre de la entidad, ya que esta es distinta a la designada en el RUEPSS.

2. Anexo III: la memoria del programa debe presentarse obligatoriamente en el modelo normalizado del anexo III (la memoria complementaria que se presente sólo es válida a los efectos de ampliar la información contenida en el anexo III, no para sustituirlo).

3. En el anexo IV se incluyen tareas no relacionadas con la atención directa a usuarias, por lo que deberán presentar nuevo anexo IV en el que se indiquen las tareas de atención a usuarias en el desarrollo del programa (artículo 5.5 y 6.1.a) de la convocatoria) y, en su caso, modificar el número de horas declaradas computando exclusivamente las dedicadas a estas tareas.

4. Dado que la profesional está vinculada con la entidad (representante), deberán solicitar la autorización del órgano concedente para poder llevar a cabo esta contratación, indicando los motivos que la justifican y si se realiza de acuerdo con las condiciones normales del mercado (artículo 27.7.d) de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia).

2018/000071-0

Asociación Penitenciaría Concepción Arenal

G27119809

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no la indicaron en el anexo I.

2. Anexo II (en el presentado no está cumplimentada la cuantía solicitada).

3. Anexos IV debidamente cumplimentados en todos sus apartados (en los presentados no marcan el tipo de puesto de trabajo y/o no cubren correctamente el tipo de vinculación).

2018/000073-0

Asociación de Empresarias de Galicia

G27826999

1. En el anexo IV correspondiente a la coordinadora/pedagoga se incluyen tareas no relacionadas con la atención directa a usuarias, por lo que deberán presentar nuevo anexo IV en el que se indiquen las tareas de atención a usuarias en el desarrollo del programa (artículo 5.5 y 6.1.a) de la convocatoria) y, en su caso, modificar el número de horas declaradas computando exclusivamente las dedicadas a estas tareas.

2. Dado que las profesionales están vinculadas con la entidad, deberán solicitar la autorización del órgano concedente para poder llevar a cabo estas contrataciones, indicando los motivos que las justifican y si se realiza de acuerdo con las condiciones normales del mercado (artículo 27.7.d) de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia), ya que la presentada no cumple estos requisitos.

2018/000074-0

Acción Laboral

V09409749

1. Acreditación de que la entidad tiene domicilio social o delegación en Galicia (artículo 4.1. b).

2018/000076-0

Federación EFA Galicia

G15299357

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no es coincidente en los anexos I y II.

2. Certificación original del secretario de la entidad, conformada por la persona firmante de la solicitud, acreditativa de las asociaciones y federaciones integradas, especificando respecto a cada una de ellas la denominación, el NIF y el número de socias y socios (la presentada no es válida por no contener todos los datos exigidos).

3. Anexos IV: en los presentados se incluyen tareas no vinculadas con la atención directa a usuarias, los períodos de dedicación al programa exceden el período de desarrollo del programa indicado en el anexo III y el tipo de vinculación con la entidad está mal cumplimentado, por lo que deberán presentar nuevos anexos IV debidamente cumplimentados en los que se indiquen las tareas de atención a usuarias en el desarrollo del programa (artículo 5.5 y 6.1.a) de la convocatoria) y, en su caso, modificar el número de horas declaradas computando exclusivamente las dedicadas a estas tareas.

4. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 1.720 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000077-0

Asociación Faraxa pola Abolición da Prostitución

G27728658

1. Anexo II (en el presentado no está cumplimentado el apartado «Denominación del programa»).

2. Las tareas que desarrolla la profesional que ocupa el puesto de coordinadora no están relacionadas con la atención a usuarias, por lo que no se pueden tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable (artículo 5.5 y 6.1.a) de la convocatoria), excepto que presenten una aclaración o, si es el caso, una corrección al respeto.

3. Los/las profesionales a participar en la ejecución del programa relacionados/as en el anexo III no coinciden con las fichas individualizadas de los/las profesionales (anexos IV) presentadas, por lo que deberán presentar una aclaración y, en su caso, una corrección al respeto.

2018/000078-0

Acadar. Asociación de Mulleres con Discapacidade de Galicia

G70223417

1. En el anexo IV correspondiente al puesto de trabajo técnica/coordinadora se incluyen tareas no relacionadas con la atención directa a usuarias (coordinación del programa), por lo que deberán presentar nuevo anexo IV en el que se indiquen las tareas de atención a usuarias en el desarrollo del programa (artículo 5.5 y 6.1.a) de la convocatoria) y, en su caso, modificar el número de horas declaradas computando exclusivamente las dedicadas a estas tareas.

2018/000079-0

Asociación Antonio Noche

G15210388

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada.

2. Anexo II.

3. Anexos IV de los/las profesionales adscritos/as al programa que vayan a desarrollar tareas vinculadas con la atención directa a usuarias, describiendo de forma concreta dichas tareas de atención y computando exclusivamente las horas dedicadas a estas tareas.

4. En el anexo III indican que se adjunta una memoria complementaria, pero ésta no se presentó.

2018/000080-0

Asociación de Ayuda y Atención al Preso de A Coruña

G15414667

1. Anexo II.

2. Anexo III debidamente cumplimentado y firmado (el presentado está sin cumplimentar).

3. Anexos IV de los/las profesionales adscritos/as al programa que vayan a desarrollar tareas vinculadas con la atención directa a usuarias, describiendo de forma concreta dichas tareas de atención y computando exclusivamente las horas dedicadas a estas tareas.

2018/000081-0

Asociación de Mulleres Algueirada

G32354227

1. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 1.118 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

2018/000082-0

Asociación de Mulleres en Igualdade de Vigo

G27712306

1. Anexo II debidamente firmado por la secretaria y por la representante legal de la entidad.

2. Anexos IV de los/las profesionales adscritos/as al programa que vayan a desarrollar tareas vinculadas con la atención directa a usuarias, describiendo de forma concreta dichas tareas de atención y computando exclusivamente las horas dedicadas a estas tareas.