Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Lunes, 7 de mayo de 2018 Pág. 23441

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2018, de la Secretaría General de Empleo, por la que se dispone la inscripción en el registro del acuerdo de la Comisión paritaria del convenio colectivo autonómico de centros especiales de empleo por el que se actualizan las tablas salariales del año 2017.

Visto el acuerdo de la Comisión paritaria del convenio colectivo autonómico de centros especiales de empleo (código 82000775012003), por el que se actualizan las tablas salariales del año 2017, que suscribieron la representación empresarial y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, en la reunión celebrada el 3 de abril de 2018, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

La Secretaría General de Empleo

RESUELVE:

Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia (Regcon).

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de abril de 2018

Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo

En Santiago de Compostela, a las 11.00 horas del día 3 de abril de 2018, en la sede del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, sito en la calle Algalia de Abaixo, 24, bajo, se reúne la Comisión paritaria del convenio autonómico de centros especiales de empleo y asisten las personas a continuación señaladas:

Representación empresarial:

Ignacio Rodríguez Sáez.

Esther Blanco Araújo.

Naiara Goicoechea Montero.

Representación sindical:

Beatriz Meilán del Río (UGT-Galicia).

Juan Manuel Loureiro Taibo (UGT-Galicia).

Ángel Iglesias Fernández (UGT-Galicia).

Jesús Pereira Gil (SN de CC.OO. de Galicia).

Después del debate y exposición de las distintas cuestiones objeto de esta reunión, procede reflejar en el acta los siguientes aspectos.

Primero. Tablas salariales. Se acuerda una actualización para el año 2017 del 1,1 % en todas las categorías, excepto en aquellas que estaban por debajo del SMI, categorías en que pasa a abonarse el SMI del año 2018. Los incrementos que se aplicarán para cada categoría figuran en el cuadro del anexo I.

Segundo. Todas las partes presentes en esta comisión paritaria proponen iniciar un proceso negociador, en concreto la negociación de las tablas salariales con efectos desde el 1 de enero de 2018.

Tercero. La representación empresarial, de acuerdo con el resto de partes presentes en esta comisión, propone solicitar a través del Consejo Gallego de Relaciones Laborales una reunión con la Secretaría General de Empleo con objeto de que traslade a esta comisión la situación actual de los centros especiales de empleo en Galicia.

Cuarto. Respecto a la consulta presentada por Cegasal ante esta comisión paritaria, relativa al convenio colectivo de aplicación en la empresa Grafinco, esta comisión, una vez revisada la documentación económica y el registro administrativo presentados, resuelve que el convenio de aplicación es el del sector de centros especiales de empleo sin ánimo de lucro de Galicia.

Quinto. Introducción de un artículo sobre sucesión de empresas. Las partes acuerdan posponer su redacción a la apertura de un nuevo proceso negociador.

Sexto. Valoración de la estructura salarial de Trameve, S.L. respecto al artículo 4 del convenio colectivo del sector. Se acuerda que se retrotraerán las nóminas a la situación desde el año 2011 para separar el complemento personal, tal y como indica el citado artículo y, a partir de esto, se aplicarán las subas y los atrasos correspondientes al año 2017, así como la actualización que corresponda para el año 2018.

Sétimo. Delegar en el funcionario del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, Ignacio Bouzada Gil, la realización de los trámites de registro, depósito y publicación del presente acuerdo ante la autoridad laboral competente.

Y, non teniendo más asuntos que tratar, finaliza la reunión a las 13.30 horas y las partes firman esta acta en prueba de conformidad.

ANEXO I

Cee sin ánimo de lucro

Categoría

Nivel

Nombres

Salario

mensual 2016

Incremento

Salario

mensual 2017

Salario anual 2017

1

N1

Técnico superior nivel 1

1.216,74 €

13,38 €

1.230,12 €

17.221,74 €

 

N2

Técnico superior nivel 2

1.149,12 €

12,64 €

1.161,76 €

16.264,64 €

2

N1

Técnico medio nivel 1

1.081,39 €

11,90 €

1.093,29 €

15.305,99 €

 

N2

Técnico medio nivel 2

1.013,99 €

11,15 €

1.025,14 €

14.352,01 €

3

 

Mando intermedio

912,56 €

10,04 €

922,60 €

12.916,37 €

4

 

Técnico ayudante

878,64 €

9,67 €

888,31 €

12.436,27 €

5

N1

Administrativo nivel 1

858,47 €

9,44 €

867,91 €

12.150,78 €

 

N2

Administrativo nivel 2

716,16 €

19,74 €

735,90 €

10.302,60 €

6

N1

Técnico no cualificado nivel 1

713,85 €

22,05 €

735,90 €

10.302,60 €

 

N2

Técnico no cualificado nivel 2

707,70 €

28,20 €

735,90 €

10.302,60 €

7

 

Operario

707,70 €

28,20 €

735,90 €

10.302,60 €

CEE con ánimo de lucro

Categoría

Nivel

Nombres

Salario

mensual 2016

Incremento

Salario mensual 2017

Salario anual 2017

1

N1

Técnico superior nivel 1

1.770,70 €

19,48 €

1.790,18 €

25.062,49 €

 

N2

Técnico superior nivel 2

1.386,44 €

15,25 €

1.401,69 €

19.623,67 €

2

N1

Técnico medio nivel 1

1.304,01 €

14,34 €

1.318,35 €

18.456,96 €

 

N2

Técnico medio nivel 2

1.223,37 €

13,46 €

1.236,83 €

17.315,58 €

3

 

Mando intermedio

1.210,06 €

13,31 €

1.223,37 €

17.127,19 €

4

 

Técnico ayudante

1.134,27 €

12,48 €

1.146,75 €

16.054,46 €

5

N1

Administrativo nivel 1

1.035,76 €

11,39 €

1.047,15 €

14.660,15 €

 

N2

Administrativo nivel 2

835,29 €

9,19 €

844,48 €

11.822,69 €

6

N1

Técnico no cualificado nivel 1

831,22 €

9,14 €

840,36 €

11.765,09 €

 

N2

Técnico no cualificado nivel 2

816,42 €

8,98 €

825,40 €

11.555,61 €

7

 

Operario

808,76 €

8,90 €

817,66 €

11.447,19 €