Advertidos errores en dicha orden publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 81, de 26 de abril de 2018, hace falta efectuar las siguientes correcciones:
En el anexo: descripción de los motivos, en la página 22354, donde dice:
001102 |
Los sectores en los que se incorpora no se corresponden con ninguno de los sectores ya incorporados en el régimen de pago único, o de los sectores citados en el artículo 13 del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre. |
001104 |
El solicitante no tiene expediente con resolución favorable de concesión de ayuda de primera instalación en el ámbito de un programa de desarrollo rural (PDR) y no acredita su instalación como agricultor profesional en una explotación prioritaria en los sectores ya incorporados en el régimen de pago único o de los sectores citados en el artículo 13 del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre. |
Debe decir:
001102 |
El solicitante no tiene expediente con resolución favorable de concesión de ayuda de primera instalación en el ámbito de un programa de desarrollo rural (PDR) y no acredita su instalación como agricultor profesional en una explotación prioritaria en los sectores ya incorporados en el régimen de pago único o de los sectores citados en el artículo 13 del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre. |
001104 |
Los sectores en los que se incorpora no se corresponden con ninguno de los sectores ya incorporados en el régimen de pago único, o de los sectores citados en el artículo 13 del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre. |
En la página 22354 añadir al final de la tabla:
915204 |
Beneficiario sin cálculo de reserva nacional, pues no cuenta con ninguna región en la que se puedan incrementar o asignar nuevos derechos. |