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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Martes, 29 de mayo de 2018 Pág. 26290

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 15 de mayo de 2018 por la que se clasifica de interés sanitario la Fundación Galega de Hematoloxía e Hemoterapia.

Examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Galega de Hematoloxía e Hemoterapia, con domicilio en la calle San Pedro de Mezonzo, 39-41, 15701 Santiago de Compostela (A Coruña).

Hechos:

1. María Esperanza Lavilla Rubira, presidenta del patronato de la Fundación, formuló solicitud de clasificación a los efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Galega de Hematoloxía e Hemoterapia se constituyó en escritura pública otorgada en Santiago de Compostela el 8 de noviembre de 2017, ante el notario José Manuel Amigo Vázquez con el número de protocolo 2925, por la Asociación Galega de Hematoloxía e Hemoterapia, representada en este acto por María Esperanza Lavilla Rubira.

3. Segundo consta en el artículo 5 de los estatutos, son fines de la Fundación:

• Fomentar la promoción, desarrollo y divulgación de la integridad y contenido de la especialidad en ciencias de la salud de hematología y hemoterapia en sus aspectos médicos, científicos, organizativos, asistenciales, docentes y de investigación.

• Fomentar el desarrollo de la actividad de investigación científica y tecnológica en el seno de la sociedad.

• Crear un marco adecuado de experiencias entre especialistas en hematoloxgía y hemoterapia.

• Impulsar el desarrollo de proyectos cooperativos entre los miembros de la especialidad en hematología y hemoterapia.

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por María Esperanza Lavilla Rubira como presidenta, María del Carmen Albo López como vicepresidenta, José Ángel Díaz Arias como secretario, Cándido Andión Núñez como tesorero, y por Manuel Mateo Pérez Encinas y Jesús Antonio Arias Sampedro como vocales.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés sanitario, de la Fundación Galega de Hematoloxía e Hemoterapia, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de secretarios generales, procede su clasificación como de interés sanitario y su adscripción a la Consellería de Sanidad.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento del registro de fundaciones de interés gallego, corresponde a esta Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 15 de mayo de 2018.

DISPONGO:

Clasificar de interés sanitario la Fundación Galega de Hematoloxía e Hemoterapia, adscribiéndola al protectorado de la Consellería de Sanidad.

Contra esta orden, que ponen fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer previamente y con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2018

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia