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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Viernes, 1 de junio de 2018 Pág. 27051

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Turismo de Galicia

CÉDULA de 23 de mayo de 2018, del Área Provincial de Turismo de Ourense, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador OU-S-49/2017, por infraccion leve en materia de turismo.

Por la presente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre) se notifica a la persona que en el anexo se relaciona la resolucion del expediente sancionador OU-S-49/2017, del jefe del Área Provincial de Turismo de Ourense, ya que intentada por los medios habituales, no se ha podido practicar.

El interesado podrá recoger la correspondiente resolucion mediante comparecencia en las dependencias del Área de Turismo, calle Curros Enríquez, 1-3ª planta, de Ourense.

Contra dicha resolucion, que no agota la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada ante la directora de la Agencia Turismo de Galicia, en el plazo de un (1) mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro que estime oportuno.

De no presentar recurso en el referido plazo, la sanción devendrá firme, debiendo abonar el importe de la multa en los siguientes plazos: a) publicación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 5 del mes siguiente o inmediatamente hábil posterior, b) publicación entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes siguiente o inmediatamente hábil posterior.

El pago se realizará por transferencia bancaria mediante los impresos formalizados que le serán facilitados en las dependencias del Servicio de Turismo de Ourense. De no ser efectuado el ingreso en el citado plazo, se procederá a su exacción por la vía de apremio, según lo dispuesto por la Orden de 23 de noviembre de 2001 por la que se regula el procedimiento de recaudación voluntaria y ejecutiva de multas y sanciones, de la Consellería de Hacienda (DOG núm. 235, de 5 de diciembre).

Ourense, 23 de mayo de 2018

Cecilio Santalices de la Escosura Mourille
Jefe del Área Provincial de Turismo de Ourense

ANEXO

Expediente: OU-S-49/2017.

Titular sancionado: José Antonio Reigada do Nascimento.

Establecimiento: La Brocheta

Domicilio: avda. 25 de Julio, 61.

Localidade: O Carballiño.

Resolución: 28 de decembro de 2017.

Tipificación da infracción: artigo 109.2.a) y 109.2.b) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia.

Sanción: trescientos (300) euros.