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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Lunes, 4 de junio de 2018 Pág. 27392

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

ANUNCIO de 24 de mayo de 2018 para hacer pública la resolución por la que aprueba el expediente de información pública de los estudios de ordenación de la delimitación de tramos urbanos de suelo de núcleo rural en la Red autonómica de carreteras de Galicia, de los siguientes ayuntamientos de la provincia de Ourense: Allariz, Arnoia, Avión, O Barco de Valdeorras, Beade, Boborás, Calvos de Randín, Carballeda de Avia, Cartelle, Castrelos do Val, Cortegada, Esgos, Gomesende, Laza, Leiro, Muíños, Petín, Pontedeva, Rairiz de Veiga, Riós, San Cibrao das Viñas, Sandiás, Taboadela, A Teixeira, Vilamarín, Vilar de Barrio, Vilar de Santos, Viardevós e Xunqueira de Espadanedo.

Con fecha 23 de mayo de 2018, la Dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por delegación de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda (Orden de 4 de febrero de 2013, Diario Oficial de Galicia de 20 de febrero), visto el informe del análisis de las alegaciones, resolvió lo siguiente:

«Antecedentes de hecho:

Primero. Con fecha de 18 de septiembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 1747) el Anuncio de 7 de septiembre de 2017, por el que se someten al trámite de información pública los estudios de ordenación de la delimitación de tramos urbanos de suelo de núcleo rural en la Red autonómica de carreteras de Galicia, de los siguientes ayuntamientos de la provincia de Ourense: Allariz, Arnoia, Avión, O Barco de Valdeorras, Beade, Boborás, Calvos de Randín, Carballeda de Avia, Cartelle, Castrelos do Val, Cortegada, Esgos, Gomesende, Laza, Leiro, Muíños, Petín, Pontedeva, Rairiz de Veiga, Riós, San Cibrao das Viñas, Sandiás, Taboadela, A Teixeira, Vilamarín, Vilar de Barrio, Vilar de Santos, Viardevós e Xunqueira de Espadanedo.

Segundo. Durante todo el trámite de información pública se presentaron alegaciones y certificados, y se procedió a su valoración.

Fundamentos de derecho:

Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 63.4 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, los mencionados estudios de ordenación, se sometieron al trámite de información pública, durante un período de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Segundo. Que simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos de incorporar en la normativa urbanística la ordenación establecida para los cierres en los tramos anteriores; los documentos se sometan también a información pública, según el artículo 23.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, ya que establece que los estudios y proyectos sometidos al trámite de información púbica en materia de carreteras e informe de las administraciones afectadas, una vez aprobados definitivamente, tienen la consideración de proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal y tendrán fuerza vinculante para las administraciones pública y para los particulares y prevalecerán sobre las determinaciones del planeamiento urbanístico vigente.

De acuerdo con todo lo expuesto, y tras los certificados y alegaciones recibidas,

RESUELVO:

Primero. Aprobar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 63 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, el expediente de información pública de los estudios de ordenación de la delimitación de tramos urbanos de suelo de núcleo rural en la Red autonómica de carreteras de Galicia, de los siguientes ayuntamientos de la provincia de Ourense: Allariz, Arnoia, Avión, O Barco de Valdeorras, Beade, Boborás, Calvos de Randín, Carballeda de Avia, Cartelle, Castrelos do Val, Cortegada, Esgos, Gomesende, Laza, Leiro, Muíños, Petín, Pontedeva, Rairiz de Veiga, Riós, San Cibrao das Viñas, Sandiás, Taboadela, A Teixeira, Vilamarín, Vilar de Barrio, Vilar de Santos, Viardevós e Xunqueira de Espadanedo, de clave: GA/17/047.09.3, teniendo en cuenta lo siguiente:

1. La resolución de aprobación definitiva del siguiente expediente supone la entrada en vigor del régimen especial de tramos urbanos para los suelos de núcleo rural incluidos en el estudio.

2. Asimismo, esta aprobación definitiva, modifica la posición de los cierres situados en los márgenes de las carreteras autonómicas, teniendo en cuenta su tipología, del siguiente modo:

a) Los cierres completamente diáfanos, sobre piquetes sin cimentación de obra de fábrica, por circunstancias de aprovechamiento agrícola o ganadero debidamente acreditadas, podrán situarse en el borde de la parcela.

b) Los cierres diáfanos, con cimentación de obra de fábrica que no sobresalgan más de cuarenta (40) cm en ningún punto de la rasante del terreno, no podrán situarse más próximos a la carretera que la mayor de las dos distancias, ocho (8) metros medidos desde el eje de la carretera o la situación de la alineación oficial exterior.

c) El resto de cierres no diáfanos o de obra de fábrica, no podrán situarse más próximos a la carretera que a la alineación de edificación.

3. Incluir en el expediente de reconocimiento de tramos urbanos en lo suelos de núcleo rural de las carreteras autonómica, el núcleo de Picouto, situado en el ayuntamiento de San Cibrao das Viñas.

Segundo. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición ante la conselleira de Infraestructuras y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2018

Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras