BDNS (Identif.): 403358.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Las agrupaciones entre un organismo de investigación de Galicia y una empresa, en los términos previstos en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, que hayan constituido una unidad mixta de investigación beneficiaria de una ayuda de la Agencia Gallega de Innovación para su creación y puesta en marcha de las convocatorias de los años 2014 y 2015 y que no estén disfrutando de ayudas para su consolidación.
Estas unidades mixtas de investigación son las beneficiarias de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación concedidas por las resoluciones de 6 de octubre de 2014 (DOG nº 195, de 13 de octubre) o de 21 de mayo de 2015 (DOG nº 100, de 29 de mayo), a excepción de aquellas beneficiarias que hubiesen renunciado a la ayuda y de las unidades que estén recibiendo ayudas de la Gain para su consolidación.
Segundo. Objeto
Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación para la consolidación de las unidades mixtas de investigación surgidas al amparo de las convocatorias de ayudas de la Gain de los años 2014 y 2015.
El objetivo de las ayudas convocadas es la consolidación, fortalecimiento y mantenimiento de la actividad investigadora e innovadora de estas unidades mixtas de investigación, dando así continuidad y evolución a las expectativas, objetivos y resultados de sus líneas de investigación y trabajo.
Asimismo, por medio de esta resolución se convocan estas ayudas para el año 2018 en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva (código de procedimiento IN853B). Las ayudas concedidas en el marco de la presente resolución se ajustan a lo establecido en el Reglamento (UE) 651/2014.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Cuantía
El importe total de la convocatoria es 3.000.000 euros, con la siguiente distribución por años:
Año 2018 (€) |
Año 2019 (€) |
Año 2020 (€) |
Año 2021 (€) |
Total (€) |
250.000 |
930.000 |
930.000 |
890.000 |
3.000.000 |
Intensidad de las ayudas: 30 % del presupuesto de la unidad mixta considerada subvencionable, con un máximo de 1.300.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación en el DOG y, si es inhábil, el primer día hábil siguiente.
Sexto. Otros datos
Se podrá anticipar hasta el 50 % del importe de la subvención concedida para cada anualidad.
Santiago de Compostela, 28 de mayo de 2018
Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación