Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de A Estrada
F04 pieza de medidas provisionales coetáneas 310/2017 0001
Procedimiento de origen: modificación de medidas supuesto contencioso 310/2017
Sobre otras materias
Cédula de notificación.
Yo, Demetrio Mato Bartolomé, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de A Estrada, Pontevedra, doy fe de que en el procedimiento de modificación de medidas 310/2017, en la pieza separada de medidas coetáneas del mismo número, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Parte dispositiva:
Debo desestimar y desestimo parcialmente la petición de medidas coetáneas a la demanda de divorcio de mutuo acuerdo, seguidos ante este juzgado con el número 48/2016, presentada por el procurador de los tribunales Sr. Sánchez Ortega, en nombre y representación de Mª Concepción Fernández Pereira, frente a Juan Gabriel Díaz Servín, declarado en situación de rebeldía procesal, rigiendo, en tanto no sean sustituidas, mantenidas o rechazadas por las que establezca definitivamente la sentencia que recaiga en el proceso principal, las establecidas en la Sentencia de 4 de mayo de 2016.
No procede hacer especial imposición de las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773.3, inciso final, de la LEC, no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma Ricardo Antonio López Fernández, magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1, Juzgado de Violencia sobre la Mujer de A Estrada, y de su partido. Doy fe».
Y como consecuencia del ignorado paradero de Juan Gabriel Díaz Servín, se extiende el presente edicto para que sirva de cédula de notificación.
A Estrada, 20 de junio de 2018
El letrado de la Administración de justicia