Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: travesía de Vigo, nº 204, 36207 Vigo.
Denominación: LMTS, CAT708-TRO706-TRO710 y CT Gran Vía.
Situación: Vigo.
Características técnicas:
– LMT subterránea a 15 kV con conductor RHZ en siete actuaciones:
1ª. 116 metros; origen: centro de transformación (CT) proyectado; final: punto de acceso a red (PAR) existente CAT708.
2ª. 116 metros; origen: CT proyectado; final: PAR existente CAT708.
3ª. 67 metros; origen: PAR existente TRO710; final: PAR nº 4 proyectado TRO710.
4ª. 69 metros; origen: PAR existente CAT708; final: PAR nº 4 proyectado CAT708.
5ª. 34 metros; origen: PAR nº 5 proyectado TRO706; final: PAR nº 7 proyectado TRO706.
6ª. 4 metros; origen: PAR nº 5 proyectado TRO710; final: PAR nº 6 proyectado TRO710.
7ª. 3 metros; origen: PAR nº 5 proyectado CAT708; final: PAR nº 6 proyectado CAT708.
– Centro de transformación, con dos trafos de 630 kVA, RT 15 kV/400 V, situado en la calle Gran Vía, en Vigo.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución. También podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Pontevedra, 21 de junio de 2018
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra