Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 129/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Antonia Díaz Bonich contra Sertran Conversación, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), sobre ordinario, se ha dictado Sentencia el 29 de junio de 2018 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
«En Santiago de Compostela a veintinueve de junio de dos mil dieciocho.
Elena Calleja Curros, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3, tras haber visto el presente procedimiento ordinario 129/2017 a instancia de María Antonia Díaz Bonich, contra Sertran Conversación, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), en nombre del rey, ha pronunciado la siguiente
Sentencia número 331/2018.
Fallo:
Se estima la demanda interpuesta por la parte actora frente a la empresa demandada y se condena a la demandada al abono de 2.674,02 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes con la indicación de que contra esta resolución no cabe recurso.
Así lo acuerda, manda y firma Elena Calleja Curros, magistrada de refuerzo de este juzgado».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Sertran Conversación, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este órgano judicial.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 29 de junio de 2018
La letrada de la Administración de justicia