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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Lunes, 6 de agosto de 2018 Pág. 36485

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

ANUNCIO de 27 de julio de 2018 para hacer pública la resolución por la que aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción de la ampliación de calzada en la carretera AC-552, p.k. 9+000 a 9+650, de clave AC/17/178.10.

En fecha 27 de julio de 2018, la dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por delegación de la Conselleira de Infraestructuras y Vivienda (Orden de 4 de febrero de 2013, Diario Oficial de Galicia de 20 de febrero), visto el informe del análisis de las alegaciones, resolvió lo siguiente:

«Antecedentes de hecho.

Primero. Con fecha de 26 de marzo de 2018 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 60) el Anuncio de 16 de marzo de 2018 por el que se somete al trámite de información pública la separata para información pública del proyecto de construcción de ampliación de calzada en la carretera AC-552, p.k. 9+000 a 9+650, de clave AC/17/178.10, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Durante todo el trámite de información pública sólo se presentaron alegaciones, certificados e informes, procediéndose a su valoración.

Fundamentos de derecho.

Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el mencionado proyecto de construcción se sometió al trámite de información pública, durante un periodo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Segundo. Simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Reglamento de expropiación forzosa, se sometió a información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente.

De acuerdo con todo lo expuesto, y tras los certificados, alegaciones e informes presentados por los organismos oficiales competentes,

RESUELVO:

Primero. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción de ampliación de calzada en la carretera AC-552, p.k. 9+000 a 9+650, de clave AC/17/178.10, manteniendo el trazado propuesto como definitivo, con las siguientes modificaciones:

1. De acuerdo con la petición del Ayuntamiento de Arteixo, se traslada la parada de autobús del p.k. 8+914 al p.k. 9+065.

2. En fases posteriores se modificará la relación de bienes, derechos y propietarios afectados de acuerdo con las alegaciones presentadas.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 8/2013, de carreteras de Galicia, y el artículo 128 del Reglamento de la Ley de carreteras, dadas las características urbanas de la zona y las necesidades de movilidad del polígono, se establecerá una velocidad de circulación de 50 km/h en el tramo afectado por el proyecto. Asimismo, el proyecto sometido a información pública contemplaba un acceso a la parcela contigua a la glorieta situada en el p.k. 9+018 de la carretera AC-552. Los primeros 30 m de la salida de la glorieta serán de titularidad pública, para salvaguardar el funcionamiento de la glorieta.

4. El proyecto constructivo incorporará nuevas aceras entre los p.k. 9+061,56 y p.k. 9+136,63 en el margen izquierdo de la AC-552 en sentido Arteixo. Asimismo, se desplazará levemente la marquesina existente en dicho margen a los efectos de asegurar sus condiciones mínimas de accesibilidad. Esto último se hace necesario por la existencia de un galpón que invade el dominio público de la carretera.

Segundo. Según establece el artículo 23 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el ayuntamiento de Arteixo deberá adaptar su planeamiento urbanístico al contenido en el proyecto, en el que se establecerán las determinaciones del planeamiento urbanístico que deben ser modificadas como consecuencia de su aprobación, en el plazo que determine este último y, en todo caso, en su primera modificación o revisión.

Tercero. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición ante la conselleira de Infraestructuras y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santiago de Compostela, 27 de julio de 2018

Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras