Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Jueves, 9 de agosto de 2018 Pág. 37066

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (SS 1047/2016).

Yo, María Blanco Aquino, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de la Seguridad Social 1047/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la empresa Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Andamios Souto, S.L., sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo, dicen:

«Sentencia

En A Coruña, veintiuno de junio de dos mil dieciocho.

Jorge Hay Alba, magistrada del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el nº 1047/2016 siendo parte en el mismo, de un lado como demandante Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, representada por la letrada Alicia Llan Lodos, y como demandados INSS y TGSS, representados por la letrada María José Goyanes Viviani y Andamios Souto, S.L., que no comparece, sobre declaración de responsabilidad en el abono de prestaciones, ha pronunciado en nombre del rey, la siguiente sentencia

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra los demandados INSS, TGSS y Andamios Souto, S.L., debo declarar y declaro la responsabilidad directa y principal de la empresa del abono de las cuantías derivadas del accidente de trabajo sufrido por los trabajadores, declarando la responsabilidad subsidiaria del INSS y TGSS en caso de insolvencia empresarial; en consecuencia, condeno a la empresa demandada con carácter principal y al INSS y TGSS con el carácter subsidiario que se ha dicho, en su caso, a reintegrar a la mutua actora 20.111,97 €.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicacion ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Andamios Souto, S.L., expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 13 de julio de 2018

La letrada de la Administración de justicia