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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Viernes, 17 de agosto de 2018 Pág. 38266

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Innovación

ANUNCIO de 7 de agosto de 2018 por el que se invita a los agentes del Sistema gallego de innovación para que manifiesten su interés en acceder a una línea de ayudas para la puesta en marcha de hubs de innovación digital en el marco de la RIS3 Galicia.

La Constitución española, en su artículo 44.2, obliga a los poderes públicos a promover la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general. Además, establece en el artículo 149.1.15 que el fomento y la coordinación de la investigación científica y técnica son competencia exclusiva del Estado.

Por su parte, el Estatuto de autonomía de Galicia recoge en su artículo 27.19 que corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia del fomento de la cultura y de la investigación en Galicia, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 149.2 de la Constitución.

La Ley 2/2013, de 30 de mayo, de fomento de la investigación y de la innovación de Galicia, en el artículo 1, establece como objetivo general el fomento de la investigación científica y de la innovación tecnológica para promover el desarrollo económico, social y productivo de Galicia. Esta ley, en su capítulo III, crea el Plan gallego de investigación e innovación como una herramienta encaminada al logro de este objetivo.

El Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación y se aprueban sus estatutos, establece que la Agencia Gallega de Innovación tiene como finalidad fomentar y vertebrar las políticas de innovación tecnológica dentro de la Administración gallega y el apoyo e impulso del crecimiento y de la competitividad de las empresas gallegas a través de la implementación de las tecnologías y programas de innovación eficientes.

La Estrategia de especialización inteligente de Galicia 2014-2020 (RIS3 Galicia) define el marco para las políticas de investigación e innovación supeditando las prioridades de inversión a tres retos. Cada uno de estos retos tiene asociadas una serie de prioridades y líneas de acción específicas, alineadas con los objetivos y principales programas de innovación nacionales y europeos, entre los que cabe destacar las respectivas agendas digitales y el programa H2020.

La especialización inteligente está abriendo nuevas oportunidades para la cooperación interregional en torno a las prioridades comunes de las diferentes regiones, siendo necesario avanzar en la especialización y dotar a las RIS3 de herramientas adicionales que las hagan más eficaces y poder ganar competitividad en un contexto internacional.

En el proceso de diálogo con empresas, universidades, centros de conocimiento y tecnológicos para la elaboración del nuevo Plan gallego de investigación e innovación (Galicia Innova 2020), se evidenció un amplio consenso respecto de la necesidad de articular nuevos modelos de colaboración abiertos para conocer las capacidades existentes, cohesionar el sistema de innovación y mejorar el impacto, eficacia y eficiencia de las políticas públicas de I+D+i y su sostenibilidad.

Considerando este contexto, el Plan Galicia Innova 2020, de forma coherente y coordinada con las orientaciones en materia de digitalización y especialización inteligente de la Comisión Europea, apuesta por un modelo de hubs de innovación digital que permitan a la pequeña y mediana empresa innovar a través de las nuevas tecnologías, logrando ser así más competitivas y ganar en tamaño. Así, a través de dinámicas de colaboración público-privada que agrupen y articulen de forma abierta a todos los agentes del ecosistema de I+D+i en ámbitos estratégicos para Galicia, se busca mejorar la competitividad de la economía gallega.

Los hubs de innovación digital son estructuras funcionales de soporte que ayudan a las empresas a ser más competitivas, a mejorar sus procesos comerciales/de producción, así como sus productos y servicios a través de las tecnologías digitales.

Los hubs de innovación digital permiten alinear más eficientemente el conocimiento con las necesidades del tejido empresarial y los mercados, facilitando a la industria el acceso a diferentes servicios de innovación que permiten una adecuada integración de tecnologías emergentes en su estrategia de negocio. El enfoque tecnológico de los hubs de innovación digital debe cubrir de forma prioritaria tecnologías que presenten un potencial importante para la industria, pero con una tasa de penetración actual limitada (ej. conectividad y sensórica, automatización flexible, fabricación aditiva, materiales inteligentes, entre otras).

De acuerdo con lo expuesto, la Agencia Gallega de Innovación está estudiando la publicación de una convocatoria de ayudas dirigidas a la puesta en marcha de hubs de innovación digital en Galicia. En el marco de este proceso de estudio, y para los efectos de disponer de la suficiente información para su diseño, se considera necesario efectuar el presente anuncio previo y abrir un plazo para que los distintos agentes de innovación gallegos puedan entregar sus manifestaciones de interés.

Se entiende que el presente anuncio previo y la apertura del plazo para la presentación de estas manifestaciones, además de permitir a la Administración definir el marco de apoyo más adecuado a las necesidades del tejido industrial gallego, permitiendo, especialmente, a la pequeña y mediana empresa encontrar soluciones tecnológicas competitivas de manera asequible y a menos coste, fomentará la colaboración entre los diversos agentes para la presentación de propuestas coordinadas que cuenten con el respaldo empresarial y el consenso necesario para garantizar su eficacia y eficiencia.

Este anuncio se enmarca, por tanto, en lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, que establece lo siguiente: «la gestión de las subvenciones a que se refiere esta ley se realizará de acuerdo con los siguientes principios:

a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante.

c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos».

La participación en esta convocatoria no implica para la Administración ninguna obligación de financiación o aceptación de las propuestas presentadas. Los costes derivados de esta participación serán a cargo de los interesados.

La participación en este procedimiento, los contactos mantenidos con los participantes o los intercambios de información no podrán dar lugar a infracciones de los principios comunitarios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, ni tener como efecto restringir o limitar la competencia, ni otorgar ventajas o derechos exclusivos.

La participación en este procedimiento no otorgará tampoco derecho ni preferencia alguna respecto de las convocatorias de ayudas que puedan tener lugar con posterioridad en el ámbito del objeto de esta resolución. Las condiciones y características de las futuras convocatorias de ayudas que se puedan efectuar vendrán dadas por lo que se determine en su día en las correspondientes bases reguladoras.

Las manifestaciones de interés se ajustarán a las condiciones y a los contenidos recogidos en el anexo de esta resolución.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Anunciar que la Agencia Gallega de Innovación está estudiando la convocatoria de ayudas dirigidas a la puesta en marcha de hubs de innovación digital en ámbitos estratégicos para Galicia en el marco de su RIS3.

Segundo. Con carácter previo a la adopción de la decisión de la convocatoria de ayudas se abre un plazo de un mes, desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, para que los agentes del Sistema gallego de innovación que así lo deseen puedan manifestar sus propuestas. Estas tendrán por objetivo definir las características de las ayudas que se pondrán en marcha para apoyar este nuevo modelo de hubs de innovación digital incluido en el nuevo Plan Galicia Innova 2020.

Las manifestaciones de interés deberán ser propuestas que faciliten la introducción en la industria gallega de tecnologías emergentes con un importante potencial en más de una cadena de valor estratégica para Galicia para mejorar su competitividad. Las propuestas deberán, además, permitir avanzar en el desarrollo de la RIS3 Galicia y definirse de forma coordinada entre los diferentes agentes del Sistema gallego de I+D+i, siendo importante el liderazgo de las empresas como agentes a los que el hub debe estar orientado. En la manifestación se indicará cuál es la entidad representante que asumirá la entrega de la propuesta y el contacto con la Agencia Gallega de Innovación.

Las manifestaciones de interés se ajustarán al índice que se incluye como anexo y se dirigirán a la Agencia Gallega de Innovación (calle Airas Nunes, s/n, 15702 Santiago de Compostela) pudiendo presentarse en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Además, deberán enviarse al correo electrónico
informa.gain@xunta.gal para agilizar el proceso.

Tercero. La participación en este proceso no implica para la Administración ninguna obligación de financiación o aceptación de las propuestas presentadas. Los costes derivados de esta participación serán a cargo de los interesados. Las condiciones y características de las futuras convocatorias de ayudas que se puedan efectuar vendrán dadas por lo que se determine en su día en las correspondientes bases reguladoras.

Cuarto. La participación en este procedimiento, los contactos mantenidos con los participantes o los intercambios de información no podrán dar lugar a la infracción de los principios comunitarios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, ni tener como efecto restringir o limitar la competencia ni otorgar ventajas o derechos exclusivos. La participación en este procedimiento no otorgará derecho ni preferencia alguna respecto de las convocatorias de ayudas que puedan tener lugar con posterioridad en el ámbito del objeto de esta resolución.

Quinto. La Agencia Gallega de Innovación estudiará las manifestaciones de interés que se presenten para los efectos del ejercicio de sus competencias de diseño de futuras convocatorias de ayudas, pudiendo convocar a las entidades interesadas a entrevistas para solicitar aclaraciones del contenido de sus propuestas y evaluar así su encaje en el modelo de hubs de innovación digital del nuevo Plan Galicia Innova 2020.

Santiago de Compostela, 7 de agosto de 2018

La directora de la Agencia Gallega de Innovación
P.A. (Resolución de 16.6.2014; DOG núm. 127, de 7 de julio)
Benito Fernández Rodríguez
Director del Área de Gestión

ANEXO

Contenido de la manifestación de interés

La manifestación de interés deberá contener los siguientes epígrafes y respetar el orden indicado:

1. Identificación de la entidad coordinadora del hub: razón social, NIF, dirección, datos de contacto. Deberá indicarse además el resto de entidades integrantes del hub.

2. Visión:

a) Objetivos del hub de innovación digital que se pretende crear.

Estos objetivos deberán recoger la aportación del hub a la mejora de la competitividad del tejido empresarial gallego, especialmente de las pymes, a través del avance en la Estrategia de especialización inteligente de Galicia en un contexto interregional.

b) Modelo de negocio del hub de innovación digital.

Se deberán identificar como requisito mínimo las fuentes de financiación previstas diferenciando entre públicas y privadas.

A modo simplemente orientativo, se incluye un listado de posibles fuentes de financiación del hub:

– H2020.

– COSME.

– Fondos estructurales y de inversión europeos (fondos EIE), ej. Feder, FSE, etc.

– Fondos nacionales de I+D.

– Otros fondos nacionales.

– Financiación regional de I+D.

– Otros fondos regionales.

– Financiación privada.

– Recursos propios de los socios.

– Otras (apórtese descripción).

c) Actividades preparatorias a desarrollar en 2018 que sean necesarias para la puesta en marcha del DIH.

Además de su descripción, es necesario incluir una previsión temporal y económica de las mismas.

d) Identificación de tecnologías.

El enfoque tecnológico de los hubs debe cubrir de forma prioritaria tecnologías que presenten un potencial importante para la industria, pero con una tasa de penetración actual limitada (conectividad y sensórica, automatización flexible, fabricación aditiva, materiales inteligentes… entre otras). Es deseable la organización de nodos tecnológicos en el interior de cada DIH con el propósito de organizar la difusión de una o varias familias tecnológicas de la industria.

e) Identificación de cadenas de valor.

Es requisito mínimo la cobertura de al menos dos cadenas de valor

f) Catálogo de servicios.

Conjunto de actividades y herramientas del hub para la prestación de servicios de innovación digital orientados a las necesidades del tejido empresarial gallego, especialmente de las pymes. En este catálogo deberán indicarse aquellas tecnologías clave, en las que se basan los servicios a prestar por el hub, así como las cadenas de valor a las que se dirigen.

A modo simplemente orientativo, se incluye un listado de posibles servicios a desarrollar por el hub:

– Actividades de I+D.

– Prototipado.

– Pruebas y validación.

– Series de producción pre-competitivas.

– Infraestructuras de uso comercial.

– Soporte para el desarrollo y puesta en marcha de nuevos productos.

Brokerage, networking.

– Difusión del conocimiento.

Market intelligence.

– Formación y desarrollo de habilidades.

– Otras (apórtese descripción).

g) Miembros del DIH.

Será requisito mínimo la participación al menos de un actor en representación de la oferta, de la demanda, de transferencia tecnológica y de conocimiento. Deberá indicarse, de entre ellos, aquel o aquellos que serán centros de competencia del hub. La función principal de los centros de competencia será velar por la transferencia de conocimiento y tecnológica dentro del hub, ejercer las funciones de ventanilla única de acceso a los servicios del hub, punto de referencia para los demandantes de servicios.

A modo simplemente orientativo, se incluye un listado de tipo de socios del hub:

– Organismo de I+D.

– Universidad.

– Aceleradora/incubadora.

Start-up.

– Pyme.

MidCap.

– Empresa grande.

– Asociación industrial.

– Clúster.

– Cámara de comercio.

– Inversores privados.

– Agencias de desarrollo económico.

– Administración nacional.

– Administración regional.

– Usuarios.

– Otras (apórtese descripción).

h) Personalidad jurídica sin animo de lucro.

Identificación de la forma jurídica elegida para dotar de personalidad al hub de innovación digital.

3. Coherencia con la estrategia de especialización inteligente de Galicia.

Deberá indicarse el reto de la RIS3 con el que estaría alineado y de que manera el DIH contribuye a su desarrollo.

4. Localización y referencia geográfica.

a) Identificación de la presencia de pymes y de instituciones de soporte a la innovación del ecosistema gallego.

b) Identificación de las infraestructuras, localizaciones, colaboraciones con pymes y soportes de innovación de fuera del ámbito regional (si existen).

c) Ámbito territorial del hub de innovación digital.