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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 179 Miércoles, 19 de septiembre de 2018 Pág. 42773

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (150/2018).

Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 150/2018 a instancia de Rufino Fraga Fraga contra la empresa Ifedic Pereira, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, en los que recayó sentencia el 16.7.2018 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo

Se estima la demanda formulada por Rufino Fraga Fraga frente a la empresa Ifedic Pereira, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se declara improcedente el despido efectuado por la demandada Ifedic Pereira, S.L. al trabajador.

– Se condena a Ifedic Pereira, S.L. a que en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia opte entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización de 74.678,72 euros, determinado el abono de dicha indemnización la extinción del contrato de trabajo; en el caso de optar por la readmisión deberá abonar los salarios de tramitación a razón de 59,27 euros diarios, devengando dichas cantidades el interés correspondiente.

– Se condena a la empresa Ifedic Pereira, S.L. a abonar a Rufino Fraga Fraga la cantidad de diez mil trescientos noventa y siete euros con doce céntimos de euro (10.397,12 euros), devengando el interés correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Ifedic Pereira, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 31 de agosto de 2018

La letrada de la Administración de justicia