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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Miércoles, 26 de septiembre de 2018 Pág. 43609

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 5 de septiembre de 2018 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 18 de julio de 2017, recaída en el expediente sancionador y de restitución y reposición de la legalidad POL/69/2015-RP1.

El subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, por sustitución del director (artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo, DOG núm. 59, de 27 de marzo), dictó el 18.6.2018, resolución por la que se resuelve el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 18.7.2017, recaída en el expediente sancionador POL/69/2015-RP1.

Al no poder realizarse la notificación personal de la resolución a Paula María López Pousa, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica a la interesada dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado. Su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se le comunica a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en el Edificio Witland, 1º piso-Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, la interesada puede interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción se sitúe el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y le sirva de notificación a la citada interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 5 de septiembre de 2018

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística