Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Jueves, 27 de septiembre de 2018 Pág. 43693

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2018 por la que se modifica el plazo de justificación para la anualidad 2018 establecido en el artículo 37 de la Resolución de 31 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas del programa Conecta Pyme para fomentar la cooperación entre las pymes y los demás agentes del Sistema regional de innovación, a través del apoyo a proyectos de investigación, desarrollo e innovación orientados al mercado y alineados con los retos y prioridades identificados en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2018.

El 8 de febrero de 2018 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 31 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas del programa Conecta Pyme para fomentar la cooperación entre las pymes y los demás agentes del Sistema regional de innovación, a través del apoyo a proyectos de investigación, desarrollo e innovación orientados al mercado y alineados con los retos y prioridades identificados en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2018.

El artículo 37.2 de esta resolución establecía los siguientes plazos de justificación:

Períodos de emisión de las facturas (realización de gastos) y realización de pagos de los gastos ejecutados:

Primera anualidad: desde la fecha de presentación de la solicitud del líder hasta el 30 de septiembre de 2018.

Segunda anualidad: desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.

Tercera anualidad: desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020.

Plazos de presentación de la documentación:

Primera anualidade: hasta el 5 de octubre de 2018.

Segunda anualidad: hasta el 5 de octubre de 2019.

Terceira anualidad: hasta el 5 de octubre de 2020.

Teniendo en cuenta la demora en la resolución de dichas ayudas, motivado por el gran número de solicitudes presentadas y por el proceso de evaluación de éstas, y con el fin de viabilizar los procesos de ejecución y justificación de las ayudas concedidas para el año 2018 por parte de los beneficiarios resultantes y dado que no causa perjuicio a terceros, se considera necesario ampliar el plazo de justificación para el año 2018 establecido en el artículo 37.2 de la convocatoria.

En consecuencia, en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 17.3 del Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación, y con la habilitación otorgada por la disposición final primera de la resolución de la convocatoria

RESUELVO:

Artículo único. Modificación del artículo 37.2 de la Resolución de 31 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas del programa Conecta Pyme para fomentar la cooperación entre las pymes y los demás agentes del Sistema regional de innovación, a través del apoyo a proyectos de investigación, desarrollo e innovación orientados al mercado y alineados con los retos y prioridades identificados en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2018.

El artículo 37.2 de la citada resolución queda redactado de la siguiente manera:

Períodos de emisión de las facturas (realización de gastos) y realización de pagos de los gastos ejecutados:

Primera anualidad: desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 30 de noviembre de 2018.

Segunda anualidad: desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.

Tercera anualidad: desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020.

Plazos de presentación de la documentación:

Primera anualidad: hasta el 5 de diciembre de 2018.

Segunda anualidad: hasta el 5 de octubre de 2019.

Tercera anualidad: hasta el 5 de octubre de 2020.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de septiembre de 2018

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación