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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Jueves, 25 de octubre de 2018 Pág. 47001

I. Disposiciones generales

Consellería de Economía, Empleo e Industria

DECRETO 135/2018, de 4 de octubre, por el que se regulan los Premios de Responsabilidad Social Empresarial de Galicia (Premios RSE Galicia).

El Decreto 156/2014, de 4 de diciembre, instituyó los Premios de Responsabilidad Social Empresarial de Galicia (Premios RSE Galicia), como manera de poner en valor y reconocer públicamente la labor de aquellas empresas que adoptan principios y prácticas de responsabilidad social en su gestión.

El objetivo de una nueva regulación y de la aprobación de un nuevo decreto que sustituye al Decreto 156/2014, de 4 de diciembre, es el de enfocar estos premios para que la valoración de la empresa premiada no sea por modalidad, eliminando la fragmentación en cuatro modalidades existentes en el anterior decreto, sino que sea de una manera integral en esta materia en todas las dimensiones o ámbitos (laboral-económico, ambiental y/o de acción social) de la RSE, y también de manera singular dar reconocimiento público mediante una mención a aquella iniciativa y/o buena práctica desarrollada por las empresas gallegas en materia de conciliación.

Lo que se persigue, por lo tanto, es impulsar que las empresas asuman de una manera integral la RSE y darles reconocimiento público.

El presente texto respeta los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficacia previstas en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El Decreto 135/2017, de 28 de diciembre (DOG núm. 18, de 25 de enero de 2018), establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria y, en virtud de esta normativa, esta consellería es competente, entre otras, en las materias de responsabilidad social empresarial.

Por ello, haciendo uso de las facultades atribuidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, a propuesta del conselleiro de Economía, Empleo e Industria, consultado el Consejo Gallego de Relaciones Laborales, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día cuatro de octubre de dos mil dieciocho,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto y reconocimientos

Los premios RSE Galicia están destinados a reconocer públicamente y premiar a aquellas empresas que, en sus sistemas de gestión, implanten y pongan en funcionamiento los principios y prácticas de responsabilidad social empresarial. Contarán con dos reconocimientos, un premio en materia de responsabilidad social empresarial para aquellas entidades en las que su actividad empresarial pueda considerarse como un ejemplo integral en esta materia, y una mención para reconocer públicamente la labor desarrollada por las empresas gallegas en el ámbito de la conciliación.

Artículo 2. Convocatoria

Mediante orden de la persona titular de la consellería competente en materia de empleo y relaciones laborales se realizará la convocatoria de cada edición y la aprobación de las correspondientes bases de los premios. En cada orden de convocatoria se concretarán los aspectos establecidos en el artículo 4 de este decreto.

Artículo 3. Participantes

1. Podrán optar a los premios las empresas públicas o privadas gallegas, o que cuenten con sede o con centros de trabajo en Galicia, que, a través de sus sistemas de gestión, desarrollen actuaciones responsables en los ámbitos laboral-económico, medioambiental y de acción social, demostrando así su compromiso activo con la sociedad, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la orden de convocatoria.

2. No podrán optar a los premios las entidades sin ánimo de lucro.

Artículo 4. Reconocimientos

1. Premio a la Responsabilidad Social Empresarial. En este reconocimiento se valorarán de forma integral las empresas que opten al premio, así como sus actuaciones en los siguientes ámbitos:

a) Laboral-económico. Se tendrán en cuenta aspectos tales como la creación de empleo, calidad del empleo, igualdad laboral, o que faciliten a su plantilla la conciliación, a través de medidas como la reorganización de tiempos y espacios; recursos y estructuras para el cuidado de otras personas; medidas que posibiliten su desarrollo personal; modificación de roles entre mujeres y hombres que posibiliten la implicación de ambos con la familia, el hogar o el trabajo, la innovación, la calidad y la ética empresarial.

b) Medioambiental. Se tendrán en cuenta aspectos relativos al impacto ambiental que genera la empresa en su actividad.

c) De acción social. Se tendrán en cuenta aspectos tales como la diversidad, integración social, formación, acción social, compromiso con la comunidad local o cualquier otro que redunde en este ámbito.

2. Mención a la conciliación: se distinguirá mediante mención a aquella empresa, independientemente de su tamaño, por su labor desarrollada en el ámbito de la conciliación laboral, familiar y personal, a través de medidas como la reorganización de tiempos y espacios; recursos y estructuras para el cuidado de otras personas; medidas que posibiliten su desarrollo personal; modificación de roles entre mujeres y hombres que posibiliten la implicación de ambos con la familia, el hogar o el trabajo.

Artículo 5. Categorías

El Premio a la Responsabilidad Social Empresarial, en función del tipo de empresa, contará con tres categorías:

Categoría a) Pequeña empresa: para empresas que ocupen hasta 49 personas trabajadoras.

Categoría b) Mediana empresa: para empresas que ocupen a 50 y hasta 249 personas trabajadoras.

Categoría c) Gran empresa: para empresas que ocupen a 250 o más personas trabajadoras.

Artículo 6. Jurado

1. A los efectos de concesión de los premios actuará un jurado, que estará presidido por la persona con rango mínimo de director/a general competente en materia de empleo y relaciones laborales, y del que formarán parte, como vocales, la persona titular de la Subdirección General de Relaciones Laborales y una persona representante por cada una de las consellerías con competencias en materia de economía, política social, igualdad y de medio ambiente, designadas por las personas titulares de las consellerías respectivas; así como, representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de Galicia.

2. También formarán parte del jurado dos personas expertas en materia de responsabilidad social empresarial designadas por la Presidencia de éste.

3. Actuará como secretario/a de este jurado un persona funcionaria designada por la Presidencia del jurado con voz pero sin voto.

4. En la composición del jurado se procurará alcanzar una presencia equilibrada de hombres y mujeres. Dicha composición y su funcionamiento se concretarán mediante la orden de convocatoria del premio.

Artículo 7. Gestión, concesión y retirada

1. La gestión de los premios RSE Galicia corresponde al órgano directivo competente en materia de empleo y relaciones laborales.

2. Los premios RSE Galicia se concederán por resolución de la persona titular de la consellería competente en materia de empleo y relaciones laborales una vez elevada la propuesta del jurado.

3. La consellería competente en materia de empleo y relaciones laborales podrá resolver la retirada de dicha distinción a las empresas galardonadas, ante incumplimientos graves conocidos con posterioridad a otorgarse el premio o mención correspondiente.

Artículo 8. Características de los premios

1. Los premios RSE Galicia tienen carácter honorífico y carecen de dotación económica.

2. Los premios serán otorgados en el transcurso de un acto público que podrá ser objeto de difusión en los medios de comunicación social.

3. La entidad galardonada podrá hacer publicidad de dicha concesión en anuncios, publicaciones y memorias, especificando el año en el que fue premiada, así como publicar o difundir la concesión del premio en cualquier medio de comunicación, de acuerdo con la imagen gráfica del premio, desarrollada por la consellería competente en materia de empleo y relaciones laborales.

Disposición derogatoria

Queda derogado el Decreto 156/2014, de 4 de diciembre, por el que se instituyen los Premios de Responsabilidad Social Empresarial de Galicia (Premios RSE Galicia).

Disposición final primera. Facultades de desarrollo

Se faculta a la persona titular de la consellería competente en materia de empleo y relaciones laborales para convocar mediante orden los Premios RSE Galicia y dictar las disposiciones e instrucciones necesarias para el desarrollo y cumplimiento de este decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, cuatro de octubre de dos mil dieciocho

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Francisco Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria