Advertidos errores en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 200, del viernes 19 de octubre de 2018, es necesario hacer las siguientes correcciones:
En la página 46398, en la tabla de Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal, incluida en el artículo 6, en la fila referida al servicio 010103 Atención temprana (0-6 años), en la columna de Importe máximo subvencionable, debe decir: «1.469 €».
En la página 46399, en la tabla de Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal, incluida en el artículo 6, en la fila referida al servicio 010108 Área de habilitación psicosocial, en la columna de Importe máximo subvencionable, donde dice: «1.221 €», debe aparecer en blanco.
En las páginas 46415, 46416, 46417 y 46418, en las que se establece el anexo I, relativo a la solicitud y que se vincula al procedimiento BS613B, se debe sustituir por el siguiente anexo I.
En la página 46419, en la que se establece el anexo II, relativo a la Comprobación de datos de terceras personas interesadas, se debe sustituir por el siguiente anexo II.
En la página 46420, en la que se establece el anexo III, relativo a la Declaración justificativa de la ejecución del servicio de promoción de la autonomía personal y cumplimiento de las obligaciones en materia de comunicación relativas al PO del FSE Galicia 2014-2020, se debe sustituir por el siguiente anexo III.
En la página 46421, en la que se establece el anexo IV, relativo a la Declaración de la entidad o profesional prestador/a del servicio, se debe sustituir por el siguiente anexo IV.
En las páginas 46422 y 46423, en las que se establece el anexo V, relativo a los Indicadores de productividad, se debe sustituir por el siguiente anexo V.
Esta corrección no afecta al plazo de presentación de solicitudes.