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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Jueves, 29 de noviembre de 2018 Pág. 50510

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 20 de noviembre de 2018 por la que se publica la resolución por la que se resuelven las becas para la juventud del exterior establecidas en la Orden de 6 de agosto de 2018.

Mediante la Orden de 6 de agosto de 2018 (DOG de 9 de agosto), se establece el procedimiento para la adjudicación de becas para la juventud del exterior, con el fin de cursar estudios de formación profesional de grado superior que se inicien en el curso académico 2018/19 en un centro con enseñanzas sostenidas con fondos públicos de Galicia.

El artículo 13 establece que la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional publicará en el Diario Oficial de Galicia la resolución por la que se resuelve la convocatoria de estas becas, con la lista de personas beneficiarias, la de suplentes y la de solicitudes denegadas.

En virtud de lo expuesto anteriormente,

RESUELVO:

Primero. Conceder las becas a las personas que se relacionan en el anexo I y denegarlas a las personas que se relacionan en el anexo II de esta orden, por las causas especificadas. Asimismo, estes listados se publicarán en el portal de formación profesional http://www.edu.xunta.es/fp/.

La dotación, la cuantía, la distribución de los pagos y las condiciones para la adjudicación de las becas serán las establecidas en la Orden de 6 de agosto de 2018.

Segundo. La publicación del listado de personas beneficiarias tendrá los mismos efectos que la notificación, según se establece en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Tercero. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con arreglo a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 20 de noviembre de 2018

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional

ANEXO I

Apellidos y nombre:

Amarelo Camacaro, Mario Alberto

Aquino Villanueva, Mauricio David

Caliva Santos, Giovanni

De Gouveia Fervenza, Cristian Antonio

Felizziani Bello, Maurizio

Fernández Fernández, Paola Valentina

Fernández Rodríguez, Sebastián

Fiallos Lale María, Eugenia

Freire Barras, Laura Isabel

González Dopazo, Arianna

Lago Saavedra, Adrián

López Varela, Rodrigo

Méndez Duran, Emilio José

Otero Pena, Gabriel Alejandro

Parra Adrio, Luis Ángel

Parra Adrio, Stephanie de los Ángeles

Pérez Arias, Estefanía

Pérez Costa, Carla

Pita Ponce, Andrea

Ramírez Alonso, Sebastián Enrique

Reimóndez Graffe, Miguel Alejandro

Requejo Almanzar, Camilo Daniel

Rey Alves, Julio

Rey Bernardo, Julia

Rey Bernardo, Juliana

Rozados Bolívar, Yakelin Andreina

San Luis Gómez, Samantha Carolina

Terrone González, Valeria

Trujillo Granada, Alexandra

Walo Nieto, Luis Daniel

ANEXO II

Apellidos y nombre Motivo de exclusión

Añez Cacheiro, Paul Enrique

Aznar Recalde, Natalia Magalí

Castaño Aguirre, Suanny Juliana

Castroman Cajigal, Roxana de los Ángeles

Da Silva Duran, Carolina

De Bastos Duran, Rafaela

Del Rey Dolce, Constanza

Díaz Garra Estefanía, Carolina

Díaz Rosende, Manuel Orlando

Díaz Sandoval, Gustavo

Di Salvatore Veiga, Diego Luis

Fernández Castenda, Francisco Adolfo

García Oliveira, Facundo Javier

Gomes Diniz, Adriana

Hermida Zavala, Rocío

Jiménez Portela, Sharon Laureanny

Lima de Alencar, Kamylla

Novas Ferreira, Marjorie

Otero Pena, Dayana Carolina

Pérez Yafrancesco, Lucía Lourdes

Rey Alexandre, Gonzalo

Rodríguez Lamazares, Adriana

Rodríguez Pena, Manuel José

Romero Pérez, Varona Jared

Sánchez Temprano, Francisco Javier

Tabares Comesaña, Carlos Daniel

Vázquez Marcano, Camila Valentina

Villalba Cabreira, Sofía Belén

1

8, 9, 10

1

5, 10

8, 9, 10

7, 8, 9, 10

5, 6, 7, 8, 9, 10

8, 9, 10

2

5, 9

7, 8, 9, 10

7, 8, 9, 10

2

2

8, 9, 10

1

4, 5, 6, 7

8, 9, 10

5, 6, 7, 9, 10

8, 9, 10

8, 9, 10

8, 9, 10

8, 9, 10

2

2

5, 10

5, 6, 9, 10

5, 6, 7, 8, 9, 10

Motivos de exclusión:

1. Solicitud presentada fuera de plazo.

2. La persona solicitante no es menor de 30 años.

3. Anexo I debidamente cubierto.

4. Documentación acreditativa de la nacionalidad española.

5. Documentación acreditativa de la residencia en el extranjero en el año de la solicitud.

6. Documentación acreditativa de un mínimo de dos años de residencia en el extranjero inmediatamente anteriores a la fecha final del plazo de presentación de la solicitud.

7. Documentación acreditativa de ser emigrante nacido/a en Galicia o haber residido en Galicia de manera continuada durante diez años con nacionalidad española antes de emigrar, o ser descendiente por consanguinidad de alguna persona que cumpla alguna de estas condiciones, y haber nacido en el extranjero.

8. Certificado del expediente académico homologado donde se refleje la nota para el acceso.

9. Documentación acreditativa del vínculo (residencia legal) a un ayuntamiento gallego.

10. Documentación acreditativa de la matrícula correcta en un ciclo formativo de grado superior en régimen ordinario o de FP dual.