Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Viernes, 30 de noviembre de 2018 Pág. 50773

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2468/2018-M).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación (RSU) 2468/2018

Juzgado de origen/autos: procedimiento ordinario 5/2016 Juzgado de lo Social número 4 de Vigo

Recurrente: Ariel Gonzalo Cáceres Sambrán

Abogado: César Antonio Vázquez Camiña

Recurridos: Metalships & Docks, S.A., Lajo y Rodríguez, S.A., Metal Brañas, S.L., UTE Río Ulla

Abogados: Jacobo Saenz-Díez Blázquez, Eduardo de la Hoz Lemos (…), Leonilda Villar Fernández

Procurador: Juan Lage Fernández-Cervera (…), (…), (…)

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2468/2018 de esta sección, seguido a instancia de Ariel Gonzalo Cáceres Sambrán contra Metalships & Docks, S.A., Lajo y Rodríguez, S.A., Metal Brañas, S.L., UTE Río Ulla, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos.

Desestimamos el recurso de suplicación formulado por la parte demandante Ariel Gonzalo Cáceres Sambrán contra la sentencia de fecha cinco de febrero de 2018, dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Vigo, en el procedimiento 5/2016, seguido contra la empresa Metal Brañas, S.L. y otras, confirmando la expresada resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto), con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Metal Brañas, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 8 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia