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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 241 Miércoles, 19 de diciembre de 2018 Pág. 52929

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (SSS 934/2017).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento seguridad social 934/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Joseu Garay Maiz, Tesorería General de la Seguridad Social, sobre seguridad social, se ha dictado sentencia con la siguiente parte dispositiva:

«Fallo:

Que estimando la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y el empresario individual Joseu Garay Maiz, debo condenar y condeno de modo principal y directo al empresario individual Joseu Garay Maiz a que reintegre a la Mutua la cantidad de 304.626,98 € en concepto de prestaciones de muerte y supervivencia, derivadas del fallecimiento de Alin Pop, consecuencia del accidente de trabajo sufrido por el anterior el 16 de febrero de 2017, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, como legal sucesor del Fondo de Garantía de Accidentes de Trabajo, en caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Joseu Garay Maiz, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 28 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia