Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Viernes, 21 de diciembre de 2018 Pág. 53255

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

EXTRACTO de la Orden de 7 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para paliar los daños producidos por el jabalí en los cultivos agrícolas y se convocan para el año 2019.

BDNS (Identif.): 428627.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Toda persona que ejerza la actividad agraria y esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga) como titular de una explotación donde se hayan constatado daños a los cultivos agrícolas producidos por el jabalí.

Segundo. Objeto

Compensar los daños causados por el jabalí en los cultivos agrícolas que sean comunicados desde el 1 de enero de 2019 hasta el 10 de octubre de 2019.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 7 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para paliar los daños producidos por el jabalí en los cultivos agrícolas y se convocan para el año 2019.

Cuarto. Cuantía

Importe total de la convocatoria: 811.000,00 €. El importe de las ayudas por metro cuadrado, según el tipo de cultivo, figura en el anexo I de la orden.

Importe máximo por persona beneficiaria y año: 1.650,00 €, aunque los daños excedan este importe.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de la solicitud de ayuda será de un mes contado desde el día siguiente al de la comunicación del daño.

Sexto. Otros datos

En el plazo máximo de las 72 horas siguientes a la producción de los daños deberá ponerse en conocimiento de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda mediante una llamada, en horario hábil, al teléfono 012, en la que se les facilitará una clave que servirá para acreditar la llamada e identificar el expediente.

El horario hábil de atención telefónica es de 8.00 a 20.00 horas, de lunes a viernes, y de 8.00 a 17.30 horas, los sábados.

Santiago de Compostela, 7 de diciembre de 2018

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda